Judiciales Por: INFOTEC 4.014/04/2026

Victorica: cargó un arma, los amenazo y terminó condenado

Un mecánico de 36 años fue condenado hoy, en Victorica, a un año de prisión en suspenso y dos años de cumplimiento de reglas de conducta, por ser autor de los delitos de amenazas agravadas por el uso de arma y tenencia ilegal de arma de fuego, en concurso real.

Los hechos ocurrieron en esa localidad, primero en un bar y luego en la casa del denunciante. El primero comenzó cuando Pablo Guillermo Blanco, “en aparente estado de ebriedad”, se sentó en una mesa junto a otros tres hombres. Debido a su comportamiento, el denunciante –que estaba en esa mesa– le pidió que cesara con esa conducta y el propietario del lugar lo retiró a la vereda.

Desde afuera, Blanco comenzó a golpear la puerta para reingresar; a la parte que amenazó a la víctima gritándole que saliera afuera o “te hago bosta (sic) el auto”. En esas circunstancias, el damnificado salió del bar, el imputado intentó agredirlo y aquel se defendió dándole un golpe de puño.

Horas más tarde, a la madrugada del día siguiente, Blanco llegó hasta la casa del denunciante “de manera agresiva y, empuñando una pistola, se bajó de su Renault Clío, cargó el arma y profirió amenazas” del tipo “los voy a cagar a tiros, los voy a cagar matando, no van a vivir tranquilos”, de acuerdo a la descripción del fallo. El altercado concluyó cuando el hermano de la víctima fue hasta allí acompañado por personal policial.

Por otra parte, se constató que el agresor “tenía en su poder y transportaba el arma de fuego sin encontrarse autorizado como legítimo usuario; careciendo de habilitación legal para la tenencia y portación”.

La sentencia fue dictada por el juez de control, Carlos Espínola, al homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Nicolás Rojo Mateos, la  defensora oficial María Soledad Trímboli y el propio acusado, quien admitió su culpabilidad.

Las partes, además de acordar la pena por los delitos citados, convinieron que Blanco cumpla las siguientes pautas de conducta durante dos años: a) someterse al cuidado, seguimiento y supervisión de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal y fijar domicilio; b) cesar todo acto de perturbación respecto al damnificado; y c) abstenerse del uso de estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.

Más allá del reconocimiento formulado por Blanco, el juez Espínola dio por probada su vinculación con los hechos a través de otras pruebas independientes; especialmente la apertura y análisis de su celular. Allí se constató que tenía un mensaje que decía: “sí, lo fui a buscar anoche, salió él y el hermano, él salió con una pala, me bajé con el revólver y se metió disparando para adentro, y el otro se escondió atrás de una planta”.

Cabe recordar que en los juicios abreviados, los magistrados/as no pueden imponer penas más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal, porque así lo estipula el Código Procesal Penal de La Pampa.

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