


Condenaron a los autores del millonario "cuento del tío"
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Matías Daniel Cristo (27 años) recibió dos años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, y Luis Miguel Cristo (36), dos años y seis meses de prisión en suspenso. La sentencia fue dictada por el juez de control santarroseño, Gabriel Tedín, a través de un juicio abreviado. Ambos imputados son vendedores ambulantes y viven en la localidad bonaerense de Del Viso; pero no son hermanos.
Con las pruebas reunidas en el legajo penal, se acreditó que los Cristo actuaron en connivencia para concretar las tres estafas. La primera llamada se produjo el 15 de junio. El interlocutor se hizo pasar por el nieto de la mujer y le dijo que enviaría a su contador a retirar el dinero y las alhajas que ella tuviera, debido a nuevas disposiciones del Banco Central. Al llegar Matías Daniel Cristo al domicilio, la víctima –“en la falsa creencia que se trataba de la persona enviada por su nieto”, dice el fallo– le entregó 15.000 pesos, 300 dólares y alhajas y relojes, entre otros objetos.
Durante la misma jornada ocurrió el segundo hecho. Esa vez el estafador se hizo pasar por un sobrino que trabaja en el Banco Nación. Este último le aseguró a la víctima que el Banco de La Pampa había sido intervenido y le avisó que un empleado iría a buscar los dólares que tenía en su casa. Sin embargo, la mujer le respondió que no tenía dinero, aunque igual terminó entregándole tres anillos, dos cadenitas y dos pares de aros de oro.


Al día siguiente, al mediodía, los acusados repitieron el engaño con una señora de 80 años. Quien llamó, también haciéndose pasar por un nieto, le expresó: “me dijo mamá que se enteró que el Banco de La Pampa va a cerrar por seis meses”. Por eso le solicitó que retirara la plata que tenía depositada allí porque su propia hija –al fin de cuentas, la denunciante– estaba tramitando la apertura de una cuenta en el Banco Nación para traspasar los fondos. Además le indicó que un empleado del Nación pasaría a buscar el dinero.
La damnificada concurrió al Banco de La Pampa, retiró 1.113.100 pesos y volvió a su casa, desde donde le avisó a su “nieto” que tenía el dinero. Cuando el presunto empleado bancario arribó, la mujer le dio un bolso con 25.000 dólares y una rastra y una alianza de oro.
Filmaciones.
La causa se resolvió por una solución alternativa como es el procedimiento de juicio abreviado, tras un acuerdo presentado al juez por el fiscal general Máximo Paulucci, los defensores particulares Marcelo Piazza y Boris Vlasich, y los dos Cristo, quienes admitieron su culpabilidad. Las víctimas, a través de familiares cercanos, también dieron su consentimiento al acuerdo cuando fueron informados sobre su alcance.
¿Cuáles fueron las pruebas obtenidas por la fiscalía? Entre otras, el acta de allanamiento a un departamento de la calle Lisandro de la Torre donde estaban hospedados los imputados; una filmación mostrando a Matías Cristo retirándose de una de las viviendas de las damnificadas; los registros de otra cámara de seguridad; y un informe policial indicando que el Chevrolet Celta de los imputados, ingresó a la provincia en una grúa por detrás del Gol Trend en el que entraron ellos, y que fue depositado en la playa de estacionamiento del casino Club.
Los acusados iban en el Celta en los momentos previos a las diligencias de la requisa vehicular. También lo captó una cámara de seguridad circulando por la avenida Uruguay –a metros de donde vivía una de las mujeres– y, además iban a él cuando el 14 a la madrugada fueron notificados en la vía pública por violar las restricciones impuestas por la pandemia de Covid-19.
“Deben agregarse como pruebas, las filmaciones obtenidas de cámaras de seguridad donde se observa el vehículo en que se desplazaban los acusados; así como la identificación practicada por un oficial de la policía, al observarlas y cotejarlas con los datos brindados por el puesto caminero de Catriló”, indicó Tedín en el fallo.
Por último, por ser la pena de ejecución condicional, a Luis Cristo -que hoy fue liberado– se le fijaron las siguientes pautas de conducta durante dos años: fijar domicilio, someterse al contralor de la Unidad de Abordaje de personas en conflicto con la ley penal, no tener contacto ni acercamiento con ninguna de las personas damnificadas.






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