El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes en hospitales nacionales

La medida fue oficializada a través de una resolución del Ministerio de Salud y establece el procedimiento que deberán aplicar los hospitales nacionales para recuperar los costos de las prestaciones brindadas a extranjeros no residentes. Las emergencias seguirán siendo atendidas de manera gratuita y sin demoras, independientemente de la situación migratoria del paciente.
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El Gobierno nacional reglamentó este martes el cobro de atención médica a extranjeros no residentes en hospitales administrados por el Estado nacional, una medida contemplada en la reforma migratoria impulsada en 2025. La disposición quedó formalizada mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, encabezado por Mario Lugones, y establece un procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en establecimientos nacionales.

Según la normativa, los extranjeros con residencia permanente en Argentina continuarán accediendo al sistema de salud en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos, debiendo acreditar su situación mediante el Documento Nacional de Identidad (DNI). En cambio, para quienes no posean residencia en el país se establecieron mecanismos específicos para el recupero de los costos de atención.

La resolución determina que, en caso de contar con cobertura médica o seguro de salud, los hospitales podrán facturar directamente a la aseguradora correspondiente. Si el paciente extranjero no residente no posee cobertura, deberá abonar previamente la prestación médica que requiera.

Uno de los aspectos centrales de la reglamentación es que las emergencias médicas seguirán siendo atendidas de manera obligatoria, inmediata y sin condicionamientos administrativos. La medida contempla como emergencias aquellas situaciones que impliquen riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales de las personas, incluyendo infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias severas y urgencias obstétricas, pediátricas o neonatales.

Una vez superada la situación de emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su compañía aseguradora, según corresponda. Desde el Ministerio de Salud señalaron que el objetivo es unificar criterios en todos los hospitales nacionales y establecer mecanismos para recuperar los costos de atención de personas que no residen en el país.

La medida forma parte de la reforma migratoria implementada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, que introdujo modificaciones en los requisitos de ingreso y permanencia en Argentina y habilitó el cobro de determinadas prestaciones estatales a extranjeros no residentes.

Desde el Gobierno nacional sostienen que la iniciativa busca ordenar el sistema y garantizar la sustentabilidad de los servicios públicos, mientras que el debate sobre el alcance de estas medidas continúa generando repercusiones en distintos sectores políticos y sociales del país.

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