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canonical_url: "https://infotecrealico.com.ar/contenido/19467/diez-anos-de-carcel-por-abusar-de-la-hija-de-su-concubina"
title: "DIEZ AÑOS DE CÁRCEL POR ABUSAR DE LA HIJA DE SU CONCUBINA"
article_type: "Article"
description: "El juez de audiencia de juicio de General Pico Federico Pellegrino, condenó a un hombre de 32 años, como autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por ser encargado de la guarda y por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechándose de la situación de convivencia preexistente”; a la pena de diez años de prisión de efectivo cumplimiento."
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date_published: "2020-04-18T11:13:00-03:00"
date_modified: "2020-04-18T11:17:49-03:00"
tags:
  - "#abuso con acceso carnal"
  - "Abuso sexual"
  - "CÁRCEL"
author_name: "INFOTEC 4.0"
author_url: "https://infotecrealico.com.ar/usuario/13/infotec-40"
category_name: "Regionales"
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# DIEZ AÑOS DE CÁRCEL POR ABUSAR DE LA HIJA DE SU CONCUBINA

![niñasnomadresabuso9455](/download/multimedia.normal.9f004a779666781b.6e69c3b161736e6f6d6164726573616275736f393435355f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal de la cuarta circunscripción judicial, Alejandra Moyano y el defensor oficial Edgardo Trombicki.

Con las pruebas aportadas en la causa quedó demostrado que el imputado abusó sexualmente de una menor –hija de su pareja-, entre los 7 y los 13 años de la víctima, en reiteradas oportunidades sin poder precisar la fecha exacta y la cantidad de veces.

Pellegrino agregó en el fallo que la figura básica del abuso sexual se encuentra agravada porque ***“el imputado resultaba ser el encargado de la guarda de la niña, en su rol de concubino de la madre, y quien se quedaba a cargo del cuidado de la damnificada y sus hermanos, en ausencia de aquella, circunstancia que le permitió cometer los accesos, sin levantar sospecha de la madre y vulnerando la confianza otorgada, por otro lado, asimismo, la convivencia preexistente con la menor, también se acreditó y resulta agravamiento de la figura básica***”.

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