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title: "DESDE ESTE LUNES VOLVEMOS A FASE 5 EN TODA LA PROVINCIA"
article_type: "Article"
description: "Como lo expresara el gobernador Sergio Ziliotto, en línea con la situación sanitaria actual y mediante Decreto 1.883/20, este lunes 10 de agosto se habilitarán actividades de distinta índole poniendo en igualdad de condiciones a todas las localidades de la Provincia."
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date_published: "2020-08-08T23:19:00-03:00"
date_modified: "2020-08-08T23:31:31-03:00"
tags:
  - "#80 localidades"
  - "#actividades permitidas"
  - "#actividades prohibidas"
  - "FASE 5"
  - "La Pampa"
author_name: "InfoTec 4.0"
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  - "https://www.facebook.com/josesack"
category_name: "Provinciales"
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# DESDE ESTE LUNES VOLVEMOS A FASE 5 EN TODA LA PROVINCIA

![OPERATIVO REALICO](/download/multimedia.normal.a1e66c7e6d494815.494d472d32303230303431342d5741303132325f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

Ante ello, se enumeran los efectos que genera dicha medida.  
   
**Actividades Habilitadas:**

*Todas las ACTIVIDADES ECONÓMICAS, con atención, presencia y/o permanencia de público en el lugar, que se encontraban en funcionamiento al día 23 de julio pasado.*  
*Las ACTIVIDADES FÍSICAS, RECREATIVAS Y DEPORTIVAS, en las modalidades autorizadas previamente.*  
*Las ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE COMIDAS (restaurantes, bares, cafeterías, heladerías y todo otro local comercial destinado a la producción, consumo y venta de alimentos y/o bebidas) sólo podrán atender un máximo de 4 personas por mesa.*  
*Para todas estas actividades SE MANTIENEN LOS HORARIOS que se establecieran oportunamente para cada una de las modalidades, COMO ASÍ TAMBIÉN LOS PROTOCOLOS DE FUNCIONAMIENTO, SANITARIOS Y EPIDEMIOLÓGICOS RESPECTIVOS.*  
   
**Sistema de Trazabilidad Ciudadana**

Este Registro servirá para identificar a ingresantes o visitantes a los lugares en los cuales se desarrollen las actividades habilitadas.  
   
**Actividades No Permitidas**

ENCUENTROS SOCIALES Y REUNIONES FAMILIARES, en el marco de las decisiones provincial y nacional dictadas oportunamente.  
TRANSPORTE DE PASAJEROS entre localidades, a excepción de la línea que vincula las ciudades de Santa Rosa y Toay.  
CIRCULACIÓN DE PERSONAS ENTRE LOCALIDADES, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).  
CIRCULACIÓN DE PERSONAS DENTRO DE UNA MISMA LOCALIDAD en el horario de 1,30 horas a 7 horas, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).  
   
**Permisos de Circulación**

Sólo se mantiene la OBLIGACIÓN DE PRESENTAR PERMISOS DE CIRCULACIÓN para las personas afectadas a actividades esenciales AL MOMENTO DE TRANSITAR DE UNA LOCALIDAD A OTRA O DURANTE EL HORARIO DE 1,30 A 7 DENTRO DE LAS MISMAS.

Decreto:

Acceso directo al link aquí: [https://www.lapampa.gob.ar/images/Archivos/BoletinOficial/2020/Sep3426.pdf](https://www.lapampa.gob.ar/images/Archivos/BoletinOficial/2020/Sep3426.pdf)

[![calle realicó](http://infotecrealico.com.ar/download/multimedia.normal.bdf3599b37fbde1a.53637265656e73686f745f365f6e6f726d616c2e706e67.png)](https://www.lapampa.gob.ar/images/Archivos/BoletinOficial/2020/Sep3426.pdf)

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