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title: "SIGUEN PROHIBIDOS LOS ESPECTÁCULOS EN VIVO EN LOCALES GASTRONÓMICOS"
article_type: "Article"
description: "El Gobierno Provincial informa que están vigentes los alcances decreto 2874 donde se prohíbe expresamente “la realización de shows en vivo (bandas, solistas, karaoke, etc.) y la reproducción de música que exceda los 80 decibeles”."
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date_published: "2020-11-13T13:26:00-03:00"
date_modified: "2020-11-13T15:50:04-03:00"
tags:
  - "ESPECTÁCULOS EN VIVO"
  - "LOCALES GASTRONÓMICOS"
author_name: "INFOTEC 4.0"
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category_name: "Provinciales"
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# SIGUEN PROHIBIDOS LOS ESPECTÁCULOS EN VIVO EN LOCALES GASTRONÓMICOS

![5faeab0038239](/download/multimedia.normal.8e09d5ecf79fae24.356661656162303033383233395f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

La modificación del protocolo sanitario epidemiológico para la apertura de locales gastronómicos con habilitación municipal para la atención y permanencia de público en los locales, inhabilita además el servicio de atención y consumo en barras.

El decreto precisa que dentro de los establecimientos **“se autoriza la permanencia de hasta un 50 % de la capacidad total habilitada y un máximo de 60 comensales por turno”.**

Exige una distancia mínima de 3 metros entre mesa y mesa, con un máximo de 6 personas por cada una de ellas, y un distanciamiento mínimo entre personas de una misma mesa de 1,5 metros.

La nueva distribución de mesas deberá ser exhibida en el plano donde se contemplen también la entrada y salida y circulación dentro del local.

Las mesas ubicadas al aire libre deberán mantener una distancia mínima de 2 metros entre ellas, con un máximo de 10 personas por mesa y un límite de 100 personas por turno.

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