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title: "Desde este lunes las actividades económicas habilitadas podrán realizarse entre las 6 y las 18"
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description: "Mañana se regresa al sistema de restricciones vigentes durante la semana pasada, las mismas estarán en vigencia durante la semana, a la espera de la evolución de los casos positivos, la ocupación de camas de terapia intensiva y del nuevo DNU que regirá desde el próximo sábado 12."
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  - "La Pampa"
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# Desde este lunes las actividades económicas habilitadas podrán realizarse entre las 6 y las 18

![ziliotto en pico](/download/multimedia.normal.8d63191575791259.7a696c696f74746f20656e207069636f5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Sergio Ziliotto, gobernador de La Pampa*

Desde el Gobierno provincial afirmaron que tiene la intención, como lo ha hecho en otras oportunidades, de disminuir las restricciones si se profundiza la baja de contagios, y para ello evaluará los datos estadísticos que surjan del sistema de salud provincial. Todo ello, en el marco de las exigencias y facultades que otorga cada DNU nacional.  
***Desde este lunes, las actividades económicas habilitadas podrán realizarse entre las 6 y las 18. Los locales gastronómicos sumarán, además, la modalidad delivery hasta las 23. La circulación estará restringida entre las 18 y las 6, excepto para esenciales y quienes tengan turno de vacunación.***  
***Fuera del horario de restricción no será necesario el permiso de circulación.***  
   
**Actividades suspendidas en todo el territorio provincial**  
*La circulación de personas entre las 18:00 y las 06:00 con excepción de aquellas afectadas a actividades esenciales o con turnos de vacunación y su acompañante, si correspondiere.*  
*Actividades de permanencia y reuniones sociales en domicilios particulares y en espacios públicos al aire libre.*  
*Práctica o entrenamiento de cualquier deporte en lugares cerrados.*  
*Práctica o entrenamiento grupal de todo tipo de deportes al aire libre.*  
*Actividades de casinos, bingos, discotecas, salones de fiestas y salones de fiestas infantiles.*  
*Todo tipo actividades y/o eventos culturales, turísticos, sociales, recreativos y religiosos que impliquen concurrencia de personas, excepto las económicas habilitadas por cada Municipalidad o Comisión de Fomento en fecha previa al 18 de mayo de 2021 y siempre que se realicen al aire libre.*  
*Cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, excepto que funcionen al aire libre y con un máximo permitido de hasta 10 personas.*  
*Locales comerciales entre las 18:00 y las 6:00 del día siguiente, excepto farmacias y actividad de expendio de combustibles.*  
*Locales gastronómicos (restaurantes, bares, rotiserías, etc) entre las 18:00 y las 6:00 del día siguiente, excepto la modalidad de reparto a domicilio que podrá realizarse hasta las 23:00.*  
*Dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial, de gestión pública y privada, y los centros de formación profesional y la actividad de los Jardines maternales y de infantes de gestión privada enmarcados en la Ley Provincial N° 251.*

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