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title: "En Córdoba advierten que serán multados los aislados que concurran a votar en las PASO"
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  - "Constitución Nacional"
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# En Córdoba advierten que serán multados los aislados que concurran a votar en las PASO

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La infracción será al artículo 205 del Código Penal, que establece **“prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.**

El secretario Electoral Federa de Córdoba, Guillermo Fernández, advirtió este viernes que las personas con coronavirus y que sean contactos estrechos **“deben permanecer en sus domicilios” de aislamiento durante las próximas elecciones, y sostuvo que, si concurren a votar el próximo 12 en las PASO, “van a estar en infracción y serán multados”.**

El funcionario judicial, en declaraciones formuladas a canal 12 de Córdoba, manifestó que esas personas están **"aisladas por una autoridad competente, en este caso por el DNU, el cual indica que deben permanecer en su domicilio”** durante el período de aislamiento.

Al ser consultado sobre la posibilidad de que las personas con coronavirus positivo y contactos estrechos puedan concurrir a votar con alguna modalidad de excepción,

Si bien la Constitución Nacional establece la libre circulación y el derecho al ejercicio del voto, esos aspectos están limitados por un derecho superior como lo es la protección de la salud pública

Fernández dijo que **“es imposible porque habría que cambiar la ley para así variar la forma de votar”**, al sostener que está vigente la norma que prohíbe y sanciona la circulación de esas personas.

Si se comprueba que la persona que concurre votar debería estar aislada **“por supuesto que vamos a invitar a retirarse: van a estar en infracción y serán multadas**”, aseveró.

En ese sentido, explicó que la infracción será al artículo 205 del Código Penal, que establece**“prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.**

Al respecto añadió que si bien la Constitución Nacional establece la libre circulación y el derecho al ejercicio del voto, esos aspectos están limitados por un derecho superior como lo es la **“protección de la salud pública”.**

Quienes tengan COVID-19, estén en aislamiento por ser contacto estrecho, o tengan síntomas “NO PUEDEN VOTAR”

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