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title: "La ANSES cambió requisitos para cobrar la ayuda escolar anual: cuáles son"
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description: "El organismo que dirige Fernanda Raverta eliminó tres puntos de los lineamientos generales para presentar la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación."
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date_published: "2023-02-16T13:53:00-03:00"
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  - "#asignación universal por hijo"
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# La ANSES cambió requisitos para cobrar la ayuda escolar anual: cuáles son

![J7UHY3P53ZGSTPPYU4F7V66VNU](https://tn.com.ar/resizer/nENZwaDXNb1EYH-DlOyEZ6uZoCo=/1440x0/smart/filters:format(webp)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/artear/J7UHY3P53ZGSTPPYU4F7V66VNU.jpg)

La ANSES oficializó los nuevos cambios para cobrar la Ayuda Escolar Anual a partir de marzo. El organismo conducido por Fernanda Raverta eliminó tres puntos de los lineamientos generales para presentar la Libreta Nacional de Seguridad, Social, Salud y Educación, que corresponde a la Asignación Universal por Hijo (AUH).

A través de la resolución 19, publicada en el Boletín Oficial, se derogó los artículos 4, 7, 8 y 10 de las normativas 203 y 28. En el texto, se detalló que el objetivo de estos cambios es **“perfeccionar los procesos para llevar un mejor control de la continuidad escolar”.**

![](https://tn.com.ar/resizer/4qSc0tEoYEH7UgmvLy8HYgbJjSM=/1440x0/smart/filters:format(webp)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/artear/2RPLAUAKPNAJFE6BOYJRRRAFVQ.jpg)La autoridad del establecimiento educativo al que asista el niño, niña o adolescente, deberá certificar la concurrencia al mismo. (Foto: Télam)

**Cuáles son los nuevos requisitos para cobrar la Ayuda Escolar Anual**  
El titular de la Asignación Universal por Hijo (AUH) deberá acreditar, en el año en curso y por cada menor de 18 años a su cargo, el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e y f del artículo 14 ter de la Ley N° 24.714 que son los siguientes:

- Hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los 5 años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.
- Acreditar que el o la titular del beneficio y la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país.

Además, la ANSES introdujo una modificación para acreditar la asistencia escolar exigida: la autoridad del establecimiento educativo al que asista el niño, niña o adolescente, deberá certificar la concurrencia del alumno.

Estos registros se deberán hacer tanto en la Libreta de Asignación como en el Formulario que se establezca para tal fin.

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