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title: "Dos condenas en Acha: una por violencia de género y encubrimiento de un robo"
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description: "La jueza de control de General Acha, Laura Moscoso Mendieta, dictó dos condenas. Una por un caso de violencia de género, con daños y lesiones; y otro por ocultar un arma con la que se había cometido un robo. Ambos causas penales se resolvieron por la vía alternativa del juicio abreviado."
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tags:
  - "Acha"
  - "Dos condenas"
  - "robo"
  - "violencia de género"
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# Dos condenas en Acha: una por violencia de género y encubrimiento de un robo

![justicia-general-acha-1024x768](/download/multimedia.normal.8601267812454c11.anVzdGljaWEtZ2VuZXJhbC1hY2hhLTEwMjR4NzY4X25vcm1hbC53ZWJw.webp)

En un primer legajo, la magistrada condenó a Ezequiel Ignacio Ledesma a dos años de prisión de ejecución condicional, como autor de los delitos de violación de domicilio, lesiones leves calificadas por el vínculo y daño simple en perjuicio de una expareja; en concurso real con lesiones leves contra un tío de ella.

Los hechos ocurrieron el 6 de enero de este año, a la madrugada, cuando el imputado de 29 años forzó una persiana para ingresar a la casa de la expareja. Una vez allí le quitó el celular y forcejeó con ella, quien intentó recuperarlo. En esas circunstancias, Ledesma la agarró de los pelos, la tiró sobre la cama y comenzó a ahorcarla. La escena se repitió luego de igual manera, hasta que la mujer se defendió a las patadas y pudo escapar.

La víctima fue hasta el garaje, donde vivía un tío, quien estaba junto a otro hombre. Ambos salieron en búsqueda de Ledesma. Este dejó el celular destruido en una ventana y se trenzó en una pelea con aquel. Después fue hasta su auto y regresó con un cuchillo, con el que agredió al tío, causándole dos cortes en la frente y uno en la boca.

Por otro lado, Ledesma –al obtener una condena en suspenso– deberá cumplir con las siguientes pautas de conducta a lo largo de dos años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de concurrir a los domicilios ni tener contacto con las víctimas, no usar estupefacientes ni abusar de las bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico.

El abreviado fue convenido entre el fiscal achense Juan Bautista Méndez, los defensores particulares Federico López Lavoine y Luis Fernando Martínez Montalvo y el propio acusado. Los damnificados, al ser informados de su alcance, también prestaron conformidad.

En el segundo expediente, un hombre de 59 años fue condenado a seis meses de prisión en suspenso por ser autor del delito de encubrimiento, al ocultar un arma que había sido utilizada para robar y provocar un incendio en un campo de General San Martín.

Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, quedó probado que Ricardo Aurelio Cisneros, el 7 de noviembre del año pasado, ayudó a Marcelo Sebastián Olmedo a**“ocultar un revólver calibre 38, marca Colt”** con el que un día antes se había cometido otro delito.

En la madrugada del 6 de noviembre, Olmedo, Carlos Andrés Villalba, Bruno Emanuel Lezcano y Jonathan Nicolás Orozco ingresaron, luego de forzar una puerta, a la vivienda de un predio rural ubicado a cuatro kilómetros del casco urbano de General San Martín, para sustraer varios objetos y a posteriori incendiar la casa, destruyéndolo totalmente (con los muebles y artefactos que tenía en su interior). Por el robo, Olmedo, Lezcano y Orozco permanecen detenidos.

A su vez, el 8 de noviembre, y previo al allanamiento de su domicilio, en Guatraché, Cisneros le entregó el revólver a Carlos Gabriel Coria, **“ayudando con ese accionar a eludir las investigaciones”,** dice el fallo.

La sentencia fue dictada por Moscoso Mendieta, al homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscala Paula Soledad Duscher, el defensor oficial Claudio Martínez Sabio y el propio imputado, quien aceptó su culpabilidad.

Por otro lado, la magistrada le fijó al acusado el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y abstenerse de concurrir al citado campo y relacionarse y/o comunicarse con sus propietarios.

Cabe recordar que en los abreviados –procesos alternativos para la solución de conflictos penales– los jueces y juezas no pueden fijar penas más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.​

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