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title: "Confirman condena por abuso y ordenan detener a un hombre"
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description: "El Tribunal de Impugnación Penal confirmó un fallo condenatorio contra un tío, a seis años de prisión por abuso sexual en perjuicio de una sobrina, y ordenó su detención inmediata. La resolución fue firmada por la jueza María Eugenia Schijvarger y el juez Mauricio Piombi, integrantes de la Sala A."
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  - "condena por abuso"
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# Confirman condena por abuso y ordenan detener a un hombre

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Los hechos ocurrieron cuando la víctima tenía entre 6 y 7 años, en circunstancias en que dormía con el imputado. La denuncia original fue formulada por un docente y la Justicia condenó al tío por el delito de abuso sexual con acceso carnal, contra una menor de 13 años. Todo ello fue encuadrado en las leyes 26061 y 26485 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y de Protección Integral a las Mujeres, respectivamente.

A mediados del año pasado, la Audiencia de Juicio de Santa Rosa había absuelto al acusado por el beneficio de la duda, pero en noviembre el TIP -a través de los jueces Gabriel Tedín y Filinto Rebechi- revocó ese fallo, dio por probadas las agresiones sexuales e impuso la condena a seis años de prisión al hacer lugar a los recursos de impugnación del Ministerio Público Fiscal y la querella particular.

Ante ello, la defensa del imputado interpuso un recurso de impugnación horizontal -para que se cumpla el doble conforme o doble revisión- solicitando la revocatoria de esa sentencia; pero ahora Schijvarger y Piombi, en una extensa resolución de 261 puntos, no hicieron lugar, confirmaron lo resuelto anteriormente por el TIP y dispusieron la detención del agresor.

La defensa adujo que Tedín y Rebechi habían hecho una errónea valoración de las pruebas, lo que llevó a una decisión **“equivocada y/o arbitraria”,** y agregó que esa revisión fue efectuada **“con una visión sesgada y una clara intención condenatoria”.**

Sin embargo, el TIP -con la nueva conformación- sostuvo que la defensa **“no indicó los defectos de razonamiento en que habría incurrido la sentencia de la Audiencia de Juicio”**y, por el contrario, subrayó que Tedín y Rebechi **“indicaron cuáles fueron los desaciertos de la sentencia”**inicial.

**Tío.**

Más adelante, al referirse a presuntas contradicciones entre el testimonio de la víctima y ciertos testigos, la Sala A afirmó que fueron**“cuestiones periféricas (…) que no eran dirimentes”** y, al evaluar las dudas relacionadas con el lugar donde se produjeron los abusos, indicó –tras un análisis detallado– que “**no resultan atendibles”.**

Schijvarger y Piombi descartaron además de que pudiera existir un tío distinto al condenado, como adujo la defensa, y remarcaron que la niña solo apuntó a una persona como autora de las agresiones.

Finalmente, la Sala A dijo que**“no advertimos de la valoración de las pruebas (…) segundas intenciones o la finalidad de la víctima de incriminar artificialmente a su tío. En primer lugar, no podemos soslayar que ella no le contó nada a su madre sobre el hecho y que, aleatoriamente en la escuela, mientras la niña hablaba con sus compañeras, un docente escuchó lo que relataba y realizó la denuncia (…) La madre se enteró por la citación de la policía (…) Es decir, que la víctima no quería denunciar y no le había mencionado nada a su madre. De ahí que las teorías acerca de que todo lo ‘armo’ la madre -como afirmaron tres familiares relacionados al imputado- o que la denuncia se hecha por enojo, no tiene ningún asidero”.**

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