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title: "(VIDEO) Parera: Menores deberán tramitar autorización especial de nocturnidad"
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description: "Días atrás el Concejo Deliberante de Parera promulgó las actualizaciones a la Ordenanza N° 22/2024 de Regulación de Nocturnidad, lo cual implicará sensibles cambios respecto a las autorizaciones para el ingreso de menores en eventos nocturnos."
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# (VIDEO) Parera: Menores deberán tramitar autorización especial de nocturnidad

![jose maria noguera](/download/multimedia.normal.bc852ee952d60d31.am9zZSBtYXJpYSBub2d1ZXJhX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*José María Noguera*

PARERA | En diálogo con el sitio local Faustino Parera, José María Noguera, a cargo de la Dirección de Tránsito y Controles Urbanos de la Municipalidad de Parera, destacó la necesidad de contar con una habilitación especial para la permanencia de menores en locales nocturnos.

Esta autorización permitirá el ingreso de menores a locales denominados **"Confiterías Bailables -Discotecas- Disco Bar"**, lo cual está regulado en la Ordenanza N° 22/2024- Promulgada 23/09/2024.

**Esta reglamentación incluye a menores de 15, 16 y 17 años, quienes deberán realizar un Carnet (permiso) expedido por autoridad Municipal y Policial, renovable, con un año de vigencia.**

Ante cualquier duda se está invitando a consultar en la Dirección de Tránsito y Controles Urbanos o a los teléfonos 02331-497096 o 2302-531585, de 7:00 a 13:00 hs.

Respecto a esta nueva disposición destacamos el artículo 3 el cual sintetiza el contenido de la misma.

**ORDENANZA DE REGULACIÓN DE NOCTURNIDAD**

*Artículo 3º: Fíjese como edad mínima para ingresar y permanecer en los lugares denominados confiterías bailables, discotecas y disco bar los quince (15) años de edad, verificables mediante la presentación de D.N.I. físico y un carnet autorizante firmado por el padre, madre o tutor legal.*

*Dicho permiso será expedido por autoridad municipal y policial de la localidad y tendrá vigencia por un año, renovable hasta que el menor alcance la mayoría de edad. Dicho carnet podrá ser revocado por pedido de cualquiera de las partes que lo autoricen, ya sea por decisión familiar o por transgresión a cualquier norma imperante.*

*El tiempo de la suspensión será analizada según cada situación particular, por las autoridades competentes. No se permite el ingreso o permanencia de menores de 15 años, ni aún en compañía de sus padres o tutores.*

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