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title: "El Banco Central flexibilizó el cepo para profesionales que trabajan para el exterior"
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description: "La autoridad monetaria incrementó el límite de divisas por servicios al exterior que no estarán obligadas a liquidarlas al tipo de cambio oficial, a través de la Comunicación A 8153."
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date_published: "2024-12-14T09:02:00-03:00"
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tags:
  - "Banco Central"
  - "CEPO"
  - "trabajo en el exterior"
author_name: "InfoTec 4.0"
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# El Banco Central flexibilizó el cepo para profesionales que trabajan para el exterior

![trabajo online](/download/multimedia.normal.b3d23de548b2d09d.dHJhYmFqbyBvbmxpbmVfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) elevó el límite anual de dólares que pueden ingresar los profesionales que trabajan para el exterior sin liquidarlos al tipo de cambio oficial.

A partir del 1 de enero de 2025, se permitirá el ingreso de hasta US$ 36.000 por año, lo que representa un incremento del 50% respecto al límite actual de US$ 24.000.

A través de la Comunicación A 8153, la autoridad monetaria informó la actualización de la excepción de la obligación de liquidación de los cobros de exportaciones de servicios por parte de las personas humanas.

**Cuáles son los servicios alcanzados por el nuevo límite**

La normativa alcanza los cobros de exportaciones de servicios prestados por personas humanas en los siguientes rubros: mantenimiento y reparaciones; servicios de construcción; servicios de telecomunicaciones; servicios de informática; servicios de información; cargos por el uso de la propiedad intelectual.

Asimismo, servicios de investigación y desarrollo; servicios jurídicos, contables y gerenciales; servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública; servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos; servicios relacionados con el comercio; y servicios audiovisuales, entre otros.

Es requisito que los fondos sean acreditados en cuentas en moneda extranjera de titularidad del cliente en entidades financieras locales. (Perfil)

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