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title: "La Pampa actualizó los criterios para definir quiénes deben pagar atención en hospitales públicos"
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description: "El Ministerio de Salud de La Pampa dispuso una actualización en el esquema de categorización de pacientes que se atienden en hospitales y centros de salud públicos. La medida, formalizada a través de la Resolución 2810/25 firmada por el ministro Mario Rubén Kohan, redefine los parámetros económicos que determinan qué personas deben abonar por medicamentos, tratamientos y estudios, según sus ingresos familiares, cobertura médica y lugar de residencia."
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date_published: "2025-11-11T08:24:00-03:00"
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tags:
  - "atención gratuita"
  - "Hospitales públicos"
  - "Mario Kohan"
  - "Salud pública pampeana"
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# La Pampa actualizó los criterios para definir quiénes deben pagar atención en hospitales públicos

![hospital realicó](/download/multimedia.normal.8e8446bb5a3b1493.356636643234616634313435335f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Foto ilustrativa: Hospital público de Realicó*

La nueva normativa reemplaza los valores establecidos por la Resolución 3662/16 y comenzó a regir este lunes 10 de noviembre. Desde la cartera sanitaria explicaron que la actualización busca **“mantener la equidad”**en el acceso a la salud pública, pero adaptando los umbrales de ingresos a la realidad económica actual. El objetivo, sostuvieron, es ordenar la demanda, garantizar la gratuidad para quienes no tienen cobertura y evitar la saturación del sistema en un contexto de alta demanda.

Hasta ahora, una persona sin obra social y con ingresos inferiores a 12 salarios mínimos era considerada**“No Contribuyente”**y no debía pagar por la atención. Con los nuevos parámetros, el límite se redujo a 6 salarios mínimos vitales y móviles —unos 1,9 millones de pesos con valores de octubre—, por lo que quienes superen ese monto deberán afrontar parte o la totalidad de los costos de atención.

**Cómo queda la nueva categorización:**

*-No contribuyentes*: personas sin obra social y con ingresos familiares menores a 6 salarios mínimos. No abonan ninguna prestación.

*-Mutualizados:*quienes poseen obra social, mutual o prepaga. Se dividen entre aquellos con capacidad de pago (más de 6 salarios mínimos) y los que no la tienen (menos de 6). En la mayoría de los casos, el cobro se realiza a las obras sociales.

*-Contribuyentes:* usuarios sin obra social y con ingresos iguales o mayores a 6 salarios mínimos. Deberán pagar el total de las prestaciones, medicamentos e insumos.

*-Extraprovinciales:* pacientes sin domicilio en La Pampa o con residencia inferior a dos años. También deberán abonar la totalidad de la atención recibida.

La categorización de pacientes, vigente en el sistema público desde 1998 y actualizada en 2014 y 2016, busca sostener un esquema que garantice el acceso universal a la salud, pero con criterios de contribución acordes a la capacidad económica de cada usuario.

De acuerdo con datos oficiales, el 48% de las personas que utilizan el sistema público pampeano cuenta con obra social. Durante 2024, la demanda de atención creció un 20%, aunque en el último semestre se habría estabilizado. Desde el Ministerio de Salud insistieron en que la medida no implica recortes en la cobertura, sino una adecuación **“para preservar la equidad y la sostenibilidad del sistema sanitario provincial”.**

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