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description: "Los planes apuntan a marzo y forman parte de la ambiciosa agenda legislativa del oficialismo de este año."
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  - "Congreso"
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# Tras la reforma laboral: el Gobierno buscará aprobar en marzo la nueva ley de financiamiento universitario

Tras la sanción del proyecto de reforma laboral en la Cámara de Diputados, **el Gobierno pretende que en la primera semana de marzo, bajo sesiones ordinarias, se apruebe la nueva ley de financiamiento universitario**. El texto, que ingresó a la Cámara baja el jueves último, busca reformular la normativa 27.795, que tuvo insistencia opositora, con un ajuste por inflación para gastos, suba salarial en tramos y refuerzo para hospitales escuela.

El texto se trabajó en despachos de Balcarce 50 e intervinieron en su redacción la Secretaría Legal y Técnica, que conduce **María Ibarzabal Murphy**, y la subsecretaria de Políticas Universitarias que lidera **Alejandro Álvarez**.

Precisamente, Álvarez, uno de los principales referentes de la agrupación libertaria Las Fuerzas del Cielo, estuvo en la Casa Rosada un día previo a la presentación del proyecto en el Congeso. Se trata de un dirigente de confianza para el asesor presidencial **Santiago Caputo**.

En torno a la iniciativa, el artículo 3° (que sustituye el art. 3° de la 27.795) busca que la actualización de los gastos de funcionamiento confluya con la inflación observada (IPC-INDEC) por encima del 14,3%, que es “el valor promedio anual utilizado para la confección del proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2026”.

Es decir, si la inflación efectiva supera ese 14,3%, el crédito para las actividades 14 (Funcionamiento), 15 (Hospitales Universitarios) y 16 (Ciencia y Técnica en Universidades) del Programa 26 se ajustará para preservar el incremento real.

A su vez, el artículo 4° dispone un refuerzo específico para el sistema de salud universitario: “Increméntase en la suma de $80.072.460.000 el crédito presupuestario de la Actividad Presupuestaria 15 ‘Asistencia Financiera a Hospitales Universitarios’… con el fin de financiar el funcionamiento del sistema de salud universitario”.

Por otro lado, en relación a las remuneraciones, el artículo 5° fija una recomposición 2025 paga en 2026 para docentes y no docentes, con tres incrementos del 4,1% cada uno (marzo, julio y septiembre), calculados sobre los básicos vigentes al 31 de diciembre de 2025—en total, 12,3%—y ordena al Ejecutivo convocar paritarias obligatorias al mes de sancionada la ley, con periodicidad no mayor a tres meses. “Dicha convocatoria deberá ser abarcativa del personal docente y no docente”, expresa la norma.

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