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title: "Control sanitario: ANMAT dio de baja a más de 60 droguerías e incluyó a una firma con domicilio en La Pampa"
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description: "A través de la Disposición 694/2026, el organismo nacional canceló las habilitaciones para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos por certificados vencidos. En el listado oficial de las empresas sancionadas figura la \"Droguería Exveca\", con domicilio en la capital pampeana."
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date_published: "2026-02-21T08:26:00-03:00"
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tags:
  - "ANMAT"
  - "de baja"
  - "Droguerías"
  - "La Pampa"
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# Control sanitario: ANMAT dio de baja a más de 60 droguerías e incluyó a una firma con domicilio en La Pampa

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NACIONALES | La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (**ANMAT**) oficializó este viernes una masiva baja de legajos para establecimientos que no cumplieron con la renovación de sus certificados de Buenas Prácticas de Distribución. La medida, que busca garantizar la seguridad en la cadena de comercialización de fármacos, afecta directamente a una firma radicada en nuestra provincia.

### El caso local: Droguería Exveca

Dentro del extenso anexo de la normativa publicada en el Boletín Oficial, se destaca la presencia de la **Droguería Exveca**, con domicilio declarado en la **calle Garibaldi de la ciudad de Santa Rosa**.

Al igual que las otras 60 firmas mencionadas en la disposición, la baja se produce debido a que el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos —que posee una vigencia de cinco años— se encontraba vencido. Al no haber solicitado la renovación con los 60 días hábiles de antelación que exige la ley, la empresa pierde la habilitación necesaria para efectuar el tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales.

### Marco regulatorio y sanciones

La ANMAT recordó que, según la **Ley N° 16.463**, las actividades de comercialización y depósito de drogas solo pueden realizarse con autorización previa y bajo la dirección técnica de un profesional universitario.

La falta de este certificado vigente implica que el establecimiento no puede realizar transacciones comerciales de medicamentos fuera de su jurisdicción habilitada, quedando su actividad limitada o suspendida según el caso, para asegurar que los productos que llegan al consumidor final cumplan con todos los estándares sanitarios.

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