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title: "Cómo quedan los desalojos exprés y las nuevas reglas de expropiación"
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description: "Tras varios meses de idas y vueltas, el Senado de la Nación aprobó el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el ministro Federico Sturzenegger, que incorpora un régimen de desalojos exprés, modifica el esquema de expropiaciones y avanza en la digitalización de los registros de la propiedad. La iniciativa perdió en el debate los capítulos vinculados a la venta de tierras a extranjeros y al manejo del fuego, dos de los puntos que habían generado mayor resistencia."
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# Cómo quedan los desalojos exprés y las nuevas reglas de expropiación

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NACIONALES | El Senado de la Nación aprobó este viernes el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, y respaldado en el recinto por la senadora Patricia Bullrich, luego de varios meses de idas y vueltas que habían mantenido estancada la iniciativa. Según trascendió, el oficialismo logró destrabar la votación tras resolver retirar del texto, en las últimas horas, las reformas vinculadas a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros y a la Ley de Manejo del Fuego, dos de los capítulos que habían generado mayor resistencia durante el debate parlamentario.

**Con esos puntos fuera del proyecto, la ley aprobada mantuvo sus ejes centrales: un nuevo régimen de desalojos exprés para acelerar la restitución de viviendas, campos y terrenos ocupados de manera ilegal, modificaciones al sistema de expropiaciones y avances en la digitalización de los registros de la propiedad inmueble en todo el país.**

En materia de desalojos, la nueva normativa habilita el mecanismo exprés en los casos de inmuebles usurpados o con tenedores precarios. Bajo esta figura, un juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble cuando el derecho invocado por el reclamante resulte verosímil, mediante caución juratoria, o intimar dentro de las 72 horas la devolución del bien si el propietario acredita su titularidad con prueba documental.

**Para los casos de alquileres, la ley prevé que los propietarios puedan intimar a los inquilinos que adeuden el pago de sus contratos, otorgándoles un plazo mínimo de 10 días corridos para regularizar la deuda desde el momento de la notificación, la cual podrá realizarse en el domicilio consignado en el contrato o por correo electrónico, con indicación precisa del lugar de pago.**

**Si el incumplimiento persiste, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo, que deberá sustanciarse en un plazo de 10 días hábiles.**La norma también establece que el propietario no podrá negarse a recibir las llaves del inmueble ni condicionar su recepción, aunque sí podrá dejar constancia por escrito de las deudas pendientes para su reclamo posterior. Para los casos en que haya menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad involucradas, el juez deberá dar intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar.

En cuanto al régimen de expropiaciones, la ley establece que la declaración de "utilidad pública" deberá interpretarse de manera restrictiva, y que el Estado estará obligado a fundamentar claramente los motivos de cada medida. Se fijó además un tope del 30% de indemnización por lucro cesante, mientras que la tasa de interés a abonar surgirá de la combinación entre el Índice de Precios al Consumidor y la tasa del Banco Nación a treinta días. La transferencia del bien no podrá concretarse sin el pago previo de la indemnización correspondiente, aunque el Estado podrá solicitar la posesión anticipada. Ante diferencias sobre el valor a pagar, el juez podrá requerir un dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación.

Finalmente, la norma habilita la presentación de documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país, un mecanismo que en algunas jurisdicciones ya se encontraba vigente. Asimismo, se introdujeron modificaciones a la denominada Ley "Pierri" de regularización dominial, que permitirá acceder a la escritura de la vivienda única a aquellas familias que puedan acreditar una posesión pública durante los diez años anteriores.

La aprobación se dio en un clima de fuerte tensión política, luego de que en los días previos se registraran movilizaciones en distintos puntos del país en rechazo al proyecto original, que incluía la reforma a la Ley de Tierras Rurales, finalmente excluida del texto sancionado.

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