POR CRUELDAD ANIMAL E INCENDIO LO CONDENARON A PRISIÓN EFECTIVA
El juez de audiencia santarroseño, Carlos Alberto Besi, condenó hoy a Sergio Waldemar Carra a la pena de tres años y seis meses de prisión, por ser autor de los delitos de daño simple e Infracción a la ley 14.346 de Protección a los animales contra actos de crueldad, enmarcado a su vez en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres; los que a su vez deben concursar en forma real con amenazas simples.
Además le mantuvo la prisión preventiva, le revocó la libertad condicional por otorgada el 22 de junio de 2018 por una sentencia del Tribunal Oral Federal a tres años de prisión efectiva, y le unificó ambos fallos en una pena única de tres años y ocho meses de prisión, declarándolo reincidente.
En la causa se probó que el pasado 28 de abril de 2020, a las 23, Carra le solicitó a un conocido que lo llevara hasta la casa de una expareja y, al no ser atendido, le pidió que lo trasladara hasta lo de su madre, para luego regresar a aquel domicilio. Mientras el conocido esperaba en la puerta, el imputado forzó el ingreso a la vivienda –la mujer no estaba– y, después de matar a dos perros, provocó dos focos de incendio. Uno en una habitación y otro en las cortinas del comedor.
Inmediatamente, dice el fallo, Carra volvió al vehículo y le manifestó al conducir: “si prendí fuego ... y yo a vos te aprecio, me la puedo mandar con vos y no me la mando, así que vos no viste nada y yo con vos estuve hasta la una”.
A la una de la madrugada del día siguiente, el acusado llamó al conocido, a través del Whatsapp para expresarle: “Morí callado, sino voy a tu casa y te mato”.
El conflicto penal se resolvió por la vía de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Marcos Sacco, la defensa particular Vanessa Ranocchia Ongaro y el propio imputado, de 30 años, y quien admitió su culpabilidad.
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