POR CRUELDAD ANIMAL E INCENDIO LO CONDENARON A PRISIÓN EFECTIVA

El juez de audiencia santarroseño, Carlos Alberto Besi, condenó hoy a Sergio Waldemar Carra a la pena de tres años y seis meses de prisión, por ser autor de los delitos de daño simple e Infracción a la ley 14.346 de Protección a los animales contra actos de crueldad, enmarcado a su vez en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres; los que a su vez deben concursar en forma real con amenazas simples.

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Además le mantuvo la prisión preventiva, le revocó la libertad condicional por otorgada el 22 de junio de 2018 por una sentencia del Tribunal Oral Federal a tres años de prisión efectiva, y le unificó ambos fallos en una pena única de tres años y ocho meses de prisión, declarándolo reincidente.

En la causa se probó que el pasado 28 de abril de 2020, a las 23, Carra le solicitó a un conocido que lo llevara hasta la casa de una expareja y, al no ser atendido, le pidió que lo trasladara hasta lo de su madre, para luego regresar a aquel domicilio. Mientras el conocido esperaba en la puerta, el imputado forzó el ingreso a la vivienda –la mujer no estaba– y, después de matar a dos perros, provocó dos focos de incendio. Uno en una habitación y otro en las cortinas del comedor.

Inmediatamente, dice el fallo, Carra volvió al vehículo y le manifestó al conducir: “si prendí fuego ... y yo a vos te aprecio, me la puedo mandar con vos y no me la mando, así que vos no viste nada y yo con vos estuve hasta la una”.

 A la una de la madrugada del día siguiente, el acusado llamó al conocido, a través del Whatsapp para expresarle: “Morí callado, sino voy a tu casa y te mato”.

 El conflicto penal se resolvió por la vía de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Marcos Sacco, la defensa particular Vanessa Ranocchia Ongaro y el propio imputado, de 30 años, y quien admitió su culpabilidad.

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