MACABRO HECHO EN VERTIZ.-
Quemaron un cadáver para ocultar datos genéticos y no perder una herencia.-
Un horroroso hecho habría tenido lugar hace poco más de 15 días en el cementerio de la localidad norteña de Vértiz. Según las versiones que han ido corriendo de boca en boca, una persona oriunda de dicho pueblo habría sacado un féretro y posteriormente lo habría prendido fuego con claras intenciones de eliminar pruebas genéticas y no perder una herencia de 300 hectáreas. El Código Penal de la Nación sostiene que la profanación de cuerpos es un delito que puede tener penas de dos a seis años de prisión.
De acuerdo a los relatos que han trascendido en los últimos días, el hecho habría ocurrido durante la noche del viernes 12 y la madrugada del sábado 13 en el cementerio de Vértiz, cuando al menos dos personas habrían ingresado a la necrópolis y luego habrían retirado un ataúd (se desconoce si lo desenterraron o si rompieron un nicho) donde yacían los restos de un familiar, que sería tío de la mujer de uno de los que habrían realizado el aberrante hecho.
Al parecer, el fallecido, antes de morir, habría dejado una herencia de 300 hectáreas a la única familiar directa, una mujer que era su sobrina. Sin embargo poco tiempo después, apareció un hijo desconocido de quien dejó la herencia y se hizo presente para reclamar la sucesión. Habida cuenta de esto, el marido de la beneficiaria, quizá por no querer perder ese patrimonio que el tío dejó, fue al cementerio, retiró el cuerpo e incendió parcialmente los restos junto con el féretro.
“Quien trabaja en el cementerio, un sereno posiblemente, se encontró el sábado a la mañana con el cajón a medio quemar. Lo habían sacado y lo habían quemado ahí directamente”, sostiene una de las versiones. Por otra parte se dijo que la persona que intentó desaparecer el cuerpo para que no sea posible realizar el examen genético, con el correr de las horas, se habría hecho cargo de lo ocurrido. Aún así, los voceros sostuvieron que no hay detenidos. Desde esta redacción se intentó dialogar en varias oportunidades con autoridades policiales de la localidad para corroborar la veracidad, o no, del suceso. Sin embargo los intentos fueron infructuosos.
Delito.
La profanación de tumbas consiste en la sustracción del cadáver de su lugar de último reposo, sea en un proceso en que se ejerza violencia o sin ella, lo que constituye un delito que está contemplado en Código Penal de la Nación. Pese a lo delicado de este tipo de acción delictiva, particularmente desde lo afectivo para los deudos del extinto profanado, el Código Penal argentino contempla esta situación en un único artículo, el 171, que reza lo siguiente: “sufrirá prisión de dos a seis años, el que sustrajere un cadáver para hacerse pagar su devolución”.
Aseguran que este tipo de delitos “no son muy comunes en el ámbito judicial”, pero cuando sucede, “los mismos reciben el tratamiento de un delito contra la propiedad. Se puede calificar de un robo o hurto, dependiendo si en el hecho medió o no violencia para llevar adelante la profanación”. Ante un hecho de estas características, corresponde iniciar una denuncia penal, para que las autoridades policiales y judiciales abran una exhaustiva investigación y notifiquen a los fiscales de turno.
Fuente: Impacto Castex
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