Dejan de exigir PCR de ingreso a argentinos y residentes
La medida entra en vigencia este sábado e incluye a quienes poseen el esquema de vacunación completo. Además, estarán eximidos de realizar la cuarentena.
El Gobierno nacional decidió eximir de la presentación de un PCR para ingresar al país a los argentinos y residentes que cuenten con el esquema completo de vacunación contra el coronavirus.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la decisión administrativa 63 y entró en vigencia este sábado 29 de enero.
Desde hoy, como condición para no tener que hacerse el PCR para ingresar al país, los argentinos y residentes deberán haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país.
Para el caso de los argentinos que hubieran residido en el exterior durante al menos el último año, se entenderá por esquema de vacunación completo al definido por las autoridades sanitarias del país de residencia.
Además, las personas vacunadas con esquema completo estarán eximidas de realizar la cuarentena.
Quienes tengan esquema de vacunación incompleto o no estén vacunados deberán contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o una prueba de antígeno realizado en el país de origen dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. El costo de las pruebas quedará a cargo de la persona que ingrese al país.
La decisión administrativa lleva la firma del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros de Interior, Eduardo De Pedro, y de Desarrollo Social, Juan Zabaleta.
La directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, publicó en Twitter un video informativo en el cual se detallan las nuevas medidas.
Para los extranjeros de países limítrofes o sus residentes que permanecieron al menos los últimos 14 días en los mismos con vacunación completa los requisitos son declaración jurada electrónica de al menos 48 horas antes del inicio del viaje, test diagnóstico para el ingreso al país y seguro médico Covid.
Asimismo, se da cuenta de que podrán embarcar a los aviones las personas que se presentan con test de antígeno o PCR positivo como diagnóstico y certificado de alta médica con más de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de prueba diagnóstica.
También podrán hacerlo las personas positivas por haber sido contacto estrecho con síntomas y presenten certificado de alta médica con más de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas, y quienes se hayan realizado un PCR positivo en el exterior y con certificado de alta médica con más de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica de laboratorio.
En el marco de las nuevas medidas, se autoriza el ingreso en vehículos particulares terrestres de argentinos y residentes que sean contactos estrechos asintomáticos.
Sobre este punto se aclara que los contactos estrechos asintomáticos no vacunados que ingresen deberán completar su aislamiento en el país según la normativa vigente.
En tanto, se autoriza el ingreso en vehículos particulares de argentinos y residentes vacunados con esquema completo y sean casos positivos que ya hayan completado siete días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica por laboratorio.
En tanto, el ingreso a través de vehículos de transporte de pasajeros se autoriza a partir de cumplir los 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de los síntomas o la fecha de toma de muestra de prueba diagnóstica de laboratorio.
En relación a los pasajeros que ingresen a través de cruceros, se indica que "para el embarque en cruceros internacionales solo se admitirá la presentación de prueba diagnóstica PCR negativa realizada hasta setenta y dos horas previas al mismo, cualquiera sea la nacionalidad del pasajero, de la pasajera o tripulante, y el cumplimiento de todas las previsiones establecidas para el manejo de casos y rastreo de contactos”.
En los considerandos de la medida se explica que en la primera semana del año el porcentaje de variante Ómicron en casos sin antecedente de viaje internacional ni relacionados con la importación se sitúa en un 84,4 %, mientras que la proporción de variante Delta desciende al 15,6 %.
También se alude, citando datos internacionales, al hecho de que "el riesgo de hospitalización por variante Ómicron fue un tercio del riesgo de hospitalización por variante Delta y que para aquellas personas con dos dosis de vacuna el riesgo de hospitalización fue 65 % menor con Ómicron que con Delta y para aquellos con dosis de refuerzo un 81 % menos".
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