Cristina Fernández: "Las garantías procesales no aplican si sos peronista"
La Vicepresidente advirtió que "para el peronismo hay Derecho Penal de autor" y comparó el tratamiento que recibieron el expresidente De la Rúa y los funcionarios responsables de la represión de diciembre de 2001 con el que se le da a las causas en su contra.
"Las garantías procesales de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y todas las demás, no aplican si sos peronista".
La vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner afirmó este domingo que "las garantías procesales de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho no aplican si sos peronista", al ampliar sus dichos sobre los antecedentes jurisprudenciales del caso contra el exmandatario Fernando de la Rúa por la represión de los días 19 y 20 de diciembre en el 2001.
"Lo dicho el viernes en nuestro alegato: las garantías procesales de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y todas las demás, no aplican si sos peronista", reiteró la vicepresidenta en una publicación que compartió a través de su cuenta de Twitter, donde advirtió que "para el peronismo" hay "Derecho Penal de autor".
Al referirse a la acusación contra De la Rúa por los asesinatos de manifestantes en las protestas del 19 y 20 de diciembre de 2001, sostuvo que "para el resto, aunque sean delitos contra la vida ocurridos a metros de la Casa Rosada, a plena luz del día y transmitidos en vivo por todos los canales de televisión, Derecho Penal liberal, con todas las garantías y principios del debido proceso".
"La Sala 1 de Casación, integrada por Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, es la que tiene dos causas de Asociación Ilícita, (Memorándum y Hotesur-Los Sauces), que junto a la de Vialidad, que también calificaron como asociación ilícita, forman parte de las cinco causas que en forma separada y con el mismo tipo penal se llevan adelante en mi contra o sea… cinco veces juzgada por el mismo hecho", consignó.
"De la Rúa fue sobreseído por el fallecido juez Claudio Bonadio".
Además, planteó que no sólo De la Rúa fue sobreseído por el fallecido juez Claudio Bonadio "en la acusación por homicidio culposo" sino que el jefe de Gabinete de esa administración, Chrystian Colombo y el ministro del Interior Ramón Mestre, "ni siquiera resultaron acusados, pese a que el artículo 102 de la Constitución Nacional, establece la responsabilidad solidaria de los ministros sobre los decretos que firman".
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