La Cámara Nacional Electoral fue notificada de que Cristina Kirchner no podrá ser candidata nunca más
El juez Jorge Gorini envió la notificación de que la expresidenta no podrá volver a ejercer cargos públicos. Ayer la Corte Suprema confirmó la condenan a 6 años de prisión por corrupción en la causa Vialidad.
El juez Jorge Gorini, responsable de ejecutar la condena por corrupción contra Cristina Kirchner que desde este martes es de efectivo cumplimiento, envió un oficial al presidente de la Cámara Nacional Electoral, Daniel Bejas, para informarle del efecto inmediato de la sentencia del caso Vialidad: la ex presidenta no podrá ser -nunca más- candidata.
La condena por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, tiene dos consecuencias inmediatas: la privación de la libertad y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.
Al rechazar a través del Artículo 280 los recursos de queja interpuestos ante el máximo tribunal el 13 de febrero, por unanimidad los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti se refirieron a estos aspectos.
“Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación”, se advirtió en el fallo de 27 páginas.
La sentencia. que quedó confirmada tras la decisión de la Corte de rechazar los recursos de queja, explica que la imposibilidad de por vida para ejercer la función pública se sustenta en la premisa de que los delitos de corrupción “además de socavar los cimientos mismos del Estado de Derecho, afectan seriamente su orden económico y financiero, por lo que, como contracara y al tratarse de un atentado al sistema democrático, surge la necesidad de un trato penal más riguroso”.
Los camaristas en aquella ocasión entendieron que la función pública “merece ser resguardada de su propia corrupción”.
Ante este escenario, el juez y presidente del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) que realizó el juicio del caso Vialidad y que condenó el 6 de diciembre de 2022 a Cristina Kirchner, envió un oficio -al que accedió Clarín-, informando el estado de situación a la Cámara Nacional Electoral.
Cristina Kirchner no sólo deberá cumplir seis años de prisión, sino que ya no podrá ejercer ningún cargo público de por vida.
“Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 de esta ciudad, en el marco de la causa nro. 5048/2016/TO1 caratulada “Fernández de Kirchner, Cristina Elisabet s/ inf. arts. 173 inciso 7 y 210 CP”, a fin de comunicarle que en virtud del veredicto de fecha 6 de diciembre de 2022 dictado en la causa de referencia, y los fundamentos dados a conocer con fecha 9 de marzo de 2023, este tribunal dispuso -en lo que aquí interesa- la imposición de la pena contra Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, condenada a la pena de seis años de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos”.
La fundamentación es el hecho de “considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
El Código Penal prevé una pena máxima para dicha acusación de seis años, por la que debe responder la ex presidenta.
En función de lo anterior, y “toda vez que en el día de la fecha las condenas referidas han adquirido firmeza, incluidas la penas de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, es que se solicita se sirva tomar razón de todo cuanto aquí se comunica, a sus efectos”, indicó en el oficio el juez Jorge Gorini.
Finalmente, dijo el magistrado, “se hace saber que una vez practicados y aprobados los correspondientes cómputos, le serán informadas las fechas de vencimiento y caducidad de las respectivas penas de prisión, a los fines de su correcta registración”.
La gravedad de la pena responde al rol que ocupaba Cristina Kirchner como máxima autoridad siendo cabeza del Poder Ejecutivo Nacional, y porque los beneficios otorgados a Lázaro Báez no eran el final definitivo de la “fenomenal maniobra defraudatoria”.
La Cámara Federal de Casación Penal sostuvo en la confirmación de la condena que el móvil que daba sentido a “tan compleja maniobra de corrupción fue el beneficio que de ella obtenía, además de Lázaro Antonio Báez, Cristina Fernández de Kirchner”.
Al respecto se indicó que “los incontrovertibles beneficios obtenidos por el empresario no agotan las ventajas económicas que reportó la defraudación juzgada, ya que parte del dinero erogado por el Estado tenía como destino final las empresas familiares de la ex presidenta”.
Con relación a las consecuencias de la maniobra defraudatoria, se manifestó que los imputados “tomaron y gestionaron el Estado como si fuera propio”, y que los fondos aplicados al circuito de pagos irregular que benefició a Lázaro Báez, convirtiéndolo en el principal adjudicatario de obra pública vial, son “fondos que no se asignan donde corresponderían. Son necesidades sin subsanar, derechos sin atender”.
El camarista Hornos, al respecto, dijo: "Hablamos de una tragedia de la que no dimensionamos su real magnitud. Nunca sabremos cuántas personas habrán muerto por todas aquellas rutas y caminos que jamás se arreglaron ni se hicieron pero, algo que nos deja la presente investigación, es que el dinero correspondiente para arreglarlas o construirlas sí existió, pero no fue utilizado para sus fines específicos”.
Por ello señaló que la corrupción es una “tragedia que favorece a unos pocos y deja por detrás terreno desolado para muchos. Este es el real daño ocasionado con la inusitada maniobra criminal cometida por ex Presidentes de la República Argentina y algunos de sus funcionarios. Juraron desempeñar con lealtad y patriotismo el máximo cargo que un ciudadano puede alcanzar en nuestro país". (Clarín)
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