Judiciales Por: INFOTEC 4.008/06/2026

La Justicia ratificó una multa al Banco Nación por una estafa virtual a un vecino de General Acha

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa confirmó una multa de $1.550.000 contra el Banco de la Nación Argentina por incumplimientos vinculados al deber de seguridad y protección de los consumidores, en el marco de una estafa virtual que tuvo como víctima a un vecino de General Acha.

La resolución rechazó un recurso presentado por la entidad financiera y dejó firme una sanción que había sido aplicada previamente por la Dirección General de Defensa del Consumidor de la provincia. El caso se remonta a mayo de 2021, cuando Darío Emanuel K., integrante de la Gendarmería Nacional, fue engañado mediante una maniobra telefónica en la que delincuentes lograron obtener información sensible para acceder a su cuenta bancaria.

Según surge del expediente, tras hacerse pasar por una persona de confianza, los estafadores convencieron a la víctima de generar nuevas claves de acceso en un cajero automático y enviar fotografías de los comprobantes obtenidos. Con esos datos gestionaron un préstamo preaprobado por $460.000 y realizaron transferencias por $300.000, mientras que otros $160.000 fueron bloqueados posteriormente.

Uno de los aspectos centrales de la resolución judicial fue que las operaciones fraudulentas continuaron incluso después de que el cliente advirtiera al banco sobre lo ocurrido y solicitara medidas de protección. El tribunal consideró probado que la entidad tenía conocimiento temprano de la situación y que, aun así, no acreditó haber adoptado mecanismos eficaces para impedir nuevas operaciones sospechosas.

La jueza Adriana Cuarzo sostuvo que las entidades financieras tienen un deber especial de seguridad respecto de los servicios digitales que ofrecen y que los fraudes informáticos forman parte de los riesgos previsibles de la actividad bancaria. En ese sentido, remarcó que el banco no demostró haber implementado bloqueos preventivos, validaciones adicionales de identidad u otras medidas que pudieran haber evitado mayores perjuicios.

Durante el proceso, el Banco Nación intentó atribuir la responsabilidad exclusivamente al cliente por haber compartido información sensible con terceros. También argumentó que la víctima no podía ser considerada un consumidor vulnerable debido a su edad, formación y condición de integrante de una fuerza de seguridad.

Sin embargo, la Cámara rechazó esos planteos y sostuvo que cualquier usuario puede ser víctima de maniobras de engaño digital. Además, consideró que responsabilizar únicamente al damnificado implicaría desconocer la situación de vulnerabilidad en la que pueden encontrarse los consumidores frente a delitos tecnológicos cada vez más sofisticados.

Finalmente, el tribunal confirmó la validez de la sanción impuesta por Defensa del Consumidor, mantuvo el criterio de reincidencia aplicado a la entidad por antecedentes de infracciones similares y dejó firme la multa de $1.550.000, además de imponer las costas judiciales al Banco de la Nación Argentina.

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