Proponen modificación en impuestos para vivienda y simplificación tributaria para monotributistas A y B
LA PAMPA | El Gobierno de La Pampa incorporó al proyecto de Ley Impositiva 2027 dos medidas dirigidas a las familias y a los pequeños contribuyentes: una exención del Impuesto de Sellos para los créditos destinados a la vivienda única y un régimen simplificado de Ingresos Brutos para monotributistas de las categorías A y B. Según la información oficial, ambas iniciativas buscan facilitar el acceso a la vivienda propia y reducir las obligaciones administrativas de quienes desarrollan actividades económicas de menor escala. Por tratarse de un proyecto, los cambios dependen de su aprobación.
La primera medida establece que los actos y contratos que instrumenten préstamos para comprar, construir o ampliar una vivienda familiar de ocupación permanente quedarían exentos del Impuesto de Sellos. El beneficio alcanzaría a los créditos otorgados tanto por entidades financieras públicas como privadas, siempre que la vivienda sea la única propiedad inmueble del beneficiario. De aprobarse, quienes accedan a estos préstamos y cumplan los requisitos no deberían pagar ese impuesto, lo que reduciría los costos asociados a financiar una vivienda.
La exención regiría para operaciones de hasta 57.400 Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), que según el Gobierno equivalen actualmente a unos 80.000 dólares. Para determinar si corresponde el beneficio se tomaría el mayor valor entre el monto del préstamo y la valuación fiscal especial del inmueble. El proyecto también prevé casos particulares, como el de quienes tengan un terreno baldío o una parte indivisa de otra propiedad, siempre que la suma de las valuaciones fiscales especiales no supere el límite fijado. Desde el Ejecutivo señalaron que esta medida complementa la línea de créditos hipotecarios anunciada en su momento por el Banco de La Pampa.
La segunda iniciativa crea un régimen simplificado y voluntario del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, destinado en principio a contribuyentes de las categorías A y B del Monotributo nacional que realicen actividades económicas en la provincia. Está pensado sobre todo para quienes prestan servicios personales, trabajan de manera independiente o están comenzando una actividad.
Quienes adhieran podrían cumplir con el impuesto mediante un pago fijo mensual, determinado según su categoría en el Monotributo, de modo que sabrían de antemano cuánto deben abonar sin necesidad de hacer liquidaciones periódicas. Además, quedarían excluidos de los regímenes de retención y percepción de Ingresos Brutos y no tendrían que presentar declaraciones juradas anuales ni anticipos mensuales: la inscripción y el pago mensual serían suficientes. El proyecto contempla también la posibilidad de integrar el pago provincial con el del Monotributo nacional, siempre que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilite esa modalidad.