
Makintach lamentó que deberá “hacer un duelo muy fuerte” tras ser destituida
La ex jueza fue inhabilitada por unanimidad para ejercer cargos.


El Tribunal de Impugnación Penal no hizo lugar a un recurso de impugnación interpuesto por el defensor oficial de General Pico, Walter Vaccaro, y de ese modo confirmó una condena a 10 años de prisión contra un padrastro por abuso sexual con acceso carnal, agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años, como delito continuado. La víctima fue una hija de su pareja.
Judiciales31/08/2020
INFOTEC 4.0






El fallo fue dictado por los jueces de la Sala A, María Elena Gregoire –autora del voto inicial– y Filinto Benigno Rebechi. Ellos avalaron en un todo la sentencia que dictara el juez de audiencia piquense, Marcelo Luis Pagano, el 1 de julio pasado.


Los hechos ocurrieron desde que la menor tenía 10 u 11 años y se extendieron hasta los 16. La pareja de su madre abusó de “incontables” oportunidades, detalló oportunamente Pagano en su fallo. Desde una primera vez en la vía pública y de noche, como así también en otros lugares públicos y fundamentalmente en la vivienda familiar donde convivían cuando el agresor se quedaba solo con la víctima.
Vaccaro cuestionó la sentencia condenatoria por cuatro motivos: a) la incongruencia sobre la fecha de inicio de los hechos, b) que no se constató que el condenado presente un trastorno en su orientación sexual, c) que la menor habría tenido relaciones sexuales con otras personas, y d) que su testimonio en Cámara Gesell no alcanzó para derribar el principio de inocencia.
Un relato creíble.
Gregoire en su voto, al que adhirió Rebechi, señaló que “lo probado no desacreditó los dichos de la víctima” acerca de que las agresiones sexuales pudieron comenzar cuando tenía 10 u 11 años. “Aun así, si los hechos no fueron a esas edades concretas, la exigencia de tales detalles a la víctima no fue la misma exigencia que se requirió a ninguna de las personas que atestiguaron y hasta el propio imputado no pudo recordar fechas determinadas. Ahora bien, la situación de no haber podido determinarse la exactitud de la fecha en que comenzaron los hechos ¿afectó al imputado de manera tal que se encontró indefenso?”, se preguntó la magistrada. La respuesta fue que no se violó el derecho de defensa.
Con respecto al punto b) de los cuestiones, el TIP respondió que “nuestro derecho penal es un derecho penal de acto y no de autor. En este caso, no se juzgó la personalidad del acusado, sino que se juzgaron acciones de relevancia penal que él llevó adelante y que se determinó que configuraron un delito continuado”.
Más adelante, al refutar el argumento defensivo de que en el debate no se abordó la circunstancia de que la menor pudo tener relaciones sexuales con otras personas, Gregoire sostuvo que las conclusiones de la psicóloga forense –que intervino en la entrevista pericial y en Cámara Gesell– fueron que la víctima formuló un relato creíble, que “no fue falso ni fabulado”. Incluso agregó que Pagano, en la sentencia, remarcó los 15 indicadores que tuvo en cuenta la profesional para establecer ese criterio de credibilidad. También el TIP subrayó que las afirmaciones de la adolescente fueron similares cuando se hizo la denuncia en la policía y cuando se reiteró lo ocurrido ante el médico forense.
“Los estándares de valoración para analizar (estos hechos) con perspectiva de género, deben aún tener en cuenta que estamos ante un contexto que comenzó cuando recién la víctima había entrado en su pubertad; por lo que además existió un mayor grado de vulnerabilidad”, indicaron los jueces.
Finalmente, Impugnación expresó que “también quedó patentizada una manipulación del imputado hacia su pareja y progenitora de la víctima, y el aprovechamiento de los momentos de asistencia a la hija menor (…) En tales situaciones el acusado proponía que la víctima se quedase con él, y muchos de los abusos se cometieron en esos lapsos”.âÂÂ




La ex jueza fue inhabilitada por unanimidad para ejercer cargos.

Será a las 13 en Comodoro Py. Qué dice la defensa del acusado.

Es después de la decisión del Tribunal Oral Federal 2.

Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

El encuentro fue este domingo, un día después de que Emerenciano y César Sena, además de Marcela Acuña, fueran condenados.

“No hagan en internet lo que no harían en la vida real” y “no se saquen las fotos que no quieran que se vean”. Esas dos frases, entre otras, dejaron a modo de conclusión los especialistas en ciberdelitos que brindaron charlas para estudiantes secundarios el colegio santarroseño Madre Teresa de Calcuta y en el Instituto Catriló.







En las primeras horas de la noche de hoy martes, alrededor de las 20:30 un hombre de 87 años que vivía solo en una vivienda ubicada sobre calle Rivadavia al 1837, sector oeste de Realicó se habría disparado con un arma de fuego perdiendo la vida de forma inmediata.

La EPET N° 6 de Realicó abrió sus puertas este jueves 20 de noviembre para recibir a la comunidad en su tradicional muestra anual de trabajos, una actividad profundamente arraigada en la vida institucional y que cada año convoca a cientos de visitantes. Desde las 19, familias, exalumnos, autoridades y vecinos recorrieron los pasillos del establecimiento para conocer de cerca los proyectos desarrollados por los estudiantes durante el ciclo lectivo 2025. MIRÁ TODOS LOS VIDEOS DE NUESTRA RECORRIDA POR EL COLEGIO.-

Un veterano de la Guerra de Malvinas falleció este jueves por la tarde en la Ruta Nacional 7, a la altura del kilómetro 494, en cercanías de Laboulaye, luego de perder el control de la motocicleta en la que viajaba rumbo a Mendoza para participar de un encuentro de excombatientes. El hecho ocurrió sin la intervención de otro vehículo y fue descubierto por sus propios compañeros de ruta.

La empresa YPF La Pampagonia acompaña al proyecto “Innovar y Crear: Diseño y Producción Digital”, iniciativa que se desarrolla en Realicó y que busca fortalecer las oportunidades educativas y tecnológicas de estudiantes y de la comunidad en general. La propuesta se enmarca en el programa de crédito fiscal del Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET), herramienta que permite articular al sector privado con instituciones educativas para potenciar el acceso a nuevas tecnologías.

Pasadas las 7 de este viernes, dos vehículos chocaron en cercanías de Fernández Oro provincia de Rio Negro, al límite con Neuquén. Hay demoras en el tránsito.

Un trágico accidente ocurrido pasadas las 7 de la mañana sobre la Ruta Nacional 22, en el tramo que une Allen con Fernández Oro, se cobró la vida de cuatro integrantes de una familia de Catriel y dejó a dos personas heridas. El siniestro involucró a una camioneta Volkswagen Amarok V6, conducida por un joven de Allen identificado como Axel Araneda —conocido como “el Chinito”— y a una Ford EcoSport en la que viajaban cinco ocupantes rumbo a Las Grutas para aprovechar el fin de semana largo.

El promedio de un sueldo en octubre fue de $1.441.346, por debajo de la media nacional de $1.483.740, según un informe de Interbanking basado en más de 2,3 millones de transferencias salariales. El estudio revela fuertes disparidades regionales.

Cuatro personas —dos mujeres y dos menores— murieron este viernes en la autovía de la Ruta 22, a la altura de Fernández Oro, tras un choque frontal que terminó en un incendio inmediato. El siniestro ocurrió cuando una camioneta Volkswagen Amarok negra sin patente impactó violentamente contra una Ford EcoSport en la que viajaba una familia que se dirigía hacia Las Grutas. La intensidad del impacto fue tal que el vehículo familiar se prendió fuego en cuestión de segundos, impidiendo cualquier intento de escape.







