Caso Maradona: audiencia para definir las pruebas que van a juicio
Será el 6 de marzo, donde las querellas, la fiscalía y las defensas pedirán las pruebas que quieren se ventile en el juicio que aún no tiene fecha de inicio.
El Tribunal de Impugnación Penal no hizo lugar a un recurso de impugnación interpuesto por el defensor oficial de General Pico, Walter Vaccaro, y de ese modo confirmó una condena a 10 años de prisión contra un padrastro por abuso sexual con acceso carnal, agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años, como delito continuado. La víctima fue una hija de su pareja.
Judiciales 31 de agosto de 2020 INFOTEC 4.0El fallo fue dictado por los jueces de la Sala A, María Elena Gregoire –autora del voto inicial– y Filinto Benigno Rebechi. Ellos avalaron en un todo la sentencia que dictara el juez de audiencia piquense, Marcelo Luis Pagano, el 1 de julio pasado.
Los hechos ocurrieron desde que la menor tenía 10 u 11 años y se extendieron hasta los 16. La pareja de su madre abusó de “incontables” oportunidades, detalló oportunamente Pagano en su fallo. Desde una primera vez en la vía pública y de noche, como así también en otros lugares públicos y fundamentalmente en la vivienda familiar donde convivían cuando el agresor se quedaba solo con la víctima.
Vaccaro cuestionó la sentencia condenatoria por cuatro motivos: a) la incongruencia sobre la fecha de inicio de los hechos, b) que no se constató que el condenado presente un trastorno en su orientación sexual, c) que la menor habría tenido relaciones sexuales con otras personas, y d) que su testimonio en Cámara Gesell no alcanzó para derribar el principio de inocencia.
Un relato creíble.
Gregoire en su voto, al que adhirió Rebechi, señaló que “lo probado no desacreditó los dichos de la víctima” acerca de que las agresiones sexuales pudieron comenzar cuando tenía 10 u 11 años. “Aun así, si los hechos no fueron a esas edades concretas, la exigencia de tales detalles a la víctima no fue la misma exigencia que se requirió a ninguna de las personas que atestiguaron y hasta el propio imputado no pudo recordar fechas determinadas. Ahora bien, la situación de no haber podido determinarse la exactitud de la fecha en que comenzaron los hechos ¿afectó al imputado de manera tal que se encontró indefenso?”, se preguntó la magistrada. La respuesta fue que no se violó el derecho de defensa.
Con respecto al punto b) de los cuestiones, el TIP respondió que “nuestro derecho penal es un derecho penal de acto y no de autor. En este caso, no se juzgó la personalidad del acusado, sino que se juzgaron acciones de relevancia penal que él llevó adelante y que se determinó que configuraron un delito continuado”.
Más adelante, al refutar el argumento defensivo de que en el debate no se abordó la circunstancia de que la menor pudo tener relaciones sexuales con otras personas, Gregoire sostuvo que las conclusiones de la psicóloga forense –que intervino en la entrevista pericial y en Cámara Gesell– fueron que la víctima formuló un relato creíble, que “no fue falso ni fabulado”. Incluso agregó que Pagano, en la sentencia, remarcó los 15 indicadores que tuvo en cuenta la profesional para establecer ese criterio de credibilidad. También el TIP subrayó que las afirmaciones de la adolescente fueron similares cuando se hizo la denuncia en la policía y cuando se reiteró lo ocurrido ante el médico forense.
“Los estándares de valoración para analizar (estos hechos) con perspectiva de género, deben aún tener en cuenta que estamos ante un contexto que comenzó cuando recién la víctima había entrado en su pubertad; por lo que además existió un mayor grado de vulnerabilidad”, indicaron los jueces.
Finalmente, Impugnación expresó que “también quedó patentizada una manipulación del imputado hacia su pareja y progenitora de la víctima, y el aprovechamiento de los momentos de asistencia a la hija menor (…) En tales situaciones el acusado proponía que la víctima se quedase con él, y muchos de los abusos se cometieron en esos lapsos”.âÂÂ
Será el 6 de marzo, donde las querellas, la fiscalía y las defensas pedirán las pruebas que quieren se ventile en el juicio que aún no tiene fecha de inicio.
El juez civil de primera instancia, Pedro Campos, ordenó a la obra social provincial Sempre la entrega de una medicación muy costosa a una afiliada que padece una enfermedad degenerativa; aunque previamente exigió que su médico tratante presente un informe sobre su estado de salud actual, para que la parte demandada puede realizar un seguimiento acerca de la mejoría o estabilización a partir del uso de la droga.
La Sala "B" del Tribunal de Impugnación Penal de Santa Rosa confirmó la condena por abuso sexual simple dictada en primera instancia por la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial.
Enzo Paolo Rangone asumió ayer como fiscal sustituto de la Cuarta Circunscripción Judicial, con asiento en Victorica, durante un acto desarrollado en el Edificio Judicial del oeste.
El presidente del Superior Tribunal de Justicia, José Roberto Sappa, les recibió ayer juramento en General Acha a Héctor David López, Lucas Gabriel González y Guadalupe Martín Dasso, quienes asumieron como fiscal y fiscal adjunto en el Ministerio Público y secretaria del Juzgado de Familia, Niñas y Niños Adolescentes, respectivamente.
En la mañana de hoy el fiscal Enzo Rangone recibió a Laura Tello, rectora del Instituto de Formación Docente de Victorica para coordinar y planificar charlas en el transcurso del año académico 2024.
Todo ocurrió en la noche del lunes en la localidad de Winifreda. El damnificado se acercó a la comisaría local a denunciar que alrededor de las 21 horas, dos desconocidos ingresaron al predio rural “La Dorita”. A punta de pistola, los delincuentes se hicieron de una suma total de 20 mil dólares y de una camioneta marca Toyota Hilux de color gris.
Mediante dos allanamientos llevados adelante por Gendarmería junto a la policía alvearense, se logró el secuestro de elementos para el fraccionamiento y comercialización de estupefacientes y sustancias prohibidas junto a otros de interés para la causa que se tramita ante un Juzgado de la ciudad santafesina de Venado Tuerto.
Cuatro venadenses fueron interceptados realizando caza furtiva en caminos de la zona rural de Ojeda, careciendo de permisos para dicha práctica.
Los menores eran electrodependientes y la primera hipótesis señala que la madre los desconectó hace tiempo. Fue arrestada tras el escalofriante hallazgo.
Un hombre de 72 años que transitaba por la ruta nacional 188 de este a oeste a la altura de Larroudé terminó volcando tras perder el control del rodado, y salirse de la cinta asfáltica.