
La Rioja: procesaron con prisión preventiva a la jueza que pidió coimas para acelerar un trámite
“Abusó de su cargo público al solicitar dinero de manera indebida”, consideró la magistrada María Cecilia Córdoba.


El juez de audiencia santarroseño, Carlos Alberto Besi, condenó a un padrastro a 15 años de prisión por ser autor de los delitos de abuso sexual simple de una menor de 13 años, y de abuso sexual con acceso carnal vía vaginal, y en ambos supuestos agravados por ser encargado de la guarda y por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; todo ello como delito continuado. La víctima fue una hija de su pareja.
Judiciales17/10/2020
INFOTEC 4.0






Además le mantuvo el arresto domiciliario y la restricción absoluta de acercamiento y de cualquier tipo de contacto con la menor, su madre y el grupo familiar hasta que finalice el proceso. A su vez, Besi dispuso la inmediata detención del acusado una vez que el fallo quede firme.


Durante los alegatos, el fiscal Walter Martos requirió una sanción de 16 años, el defensor oficial Martín García Ongaro –actuando como querellante, en representación de la madre de la víctima– 20 y el defensor particular, Gastón Gómez, la absolución. Subsidiariamente pidió que sea absuelto por el beneficio de la duda y, en el peor de los escenarios para el padrastro de 42 años, que sea condenado por abuso sexual simple.
Con las pruebas y los numerosos testimonios recolectados durante el debate, Besi concluyó que quedó probado que el acusado, sin poder precisas fechas exactas, aunque en “reiteradas oportunidades”, abusó sexualmente de la menor desde que tenía 6 o 7 años y hasta los 10.
Todos esos hechos ocurrieron en el interior de las viviendas donde convivió el núcleo familiar, aprovechándose el agresor de los momentos en que la madre de la niña dormía, cuando trabajaba en horario nocturno y cuando viajaba a Buenos Aires a comprar ropas. En esas circunstancias, el condenado quedaba a cargo de la víctima e incluso ello también ocurrió cuando la pareja se separó.
Justamente la denuncia de la madre –como una posterior de la abuela de la menor– fue realizada una vez que la mujer ya no convivía con el imputado.
El juez, al fijar la pena, solo valoro a favor del redo sus condiciones personales, la falta de antecedentes penales, su colaboración durante el proceso, la postura y presencia durante el juicio y que siempre mantuvo una actividad laboral.
En cambio, como agravantes, Besi mencionó el daño causado a la niña y su extensión, ya que afectó su “integridad sexual (…), pudiendo afectar el desarrollo de su vida en el futuro”; las circunstancias de que el agresor “actuó en la clandestinidad y teniendo en todo momento el control de realizar sus actos sexuales fuera del conocimiento o de la observación de terceros”; que haya tenido “a su disposición como objeto sexual a la niña”; y que todas esas situaciones provocaron que la víctima sintiera “una total inseguridad, angustia, indefensión, vulnerabilidad y temor constante”.
Finalmente, Besi también consideró como otro factor agravante el “vínculo personal existente” entre el acusado y la damnificada, por “haber participado en su crianza desde los tres años; conviviendo bajo el mismo techo, teniendo la obligación de velar por su seguridad y de protegerla”. Por el contrario, sostuvo, “se aprovechó de esa confianza que existía –la niña le decía papá– para cometer los abusos, desvaneciendo así el deber de cuidado y de resguardo que la menor esperaba â




“Abusó de su cargo público al solicitar dinero de manera indebida”, consideró la magistrada María Cecilia Córdoba.

La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa confirmó la sentencia contra un comerciante que había recibido por equivocación una millonaria transferencia de una empresa automotriz. El tribunal rechazó su apelación al no encontrar pruebas que justificaran el ingreso del dinero.

La jueza pidió declarar en el jury que se realiza en La Plata.

Lo hizo rumbo a Houston en un vuelo regular de United Airlines.

Así lo dispuso el Juzgado Federal de la Seguridad Social N°1, a cargo de Karina Alonso Candis. Los detalles.

En una audiencia celebrada en la Corte Suprema, el Gobierno nacional reconoció la legitimidad del reclamo pampeano por el pago del déficit de las cajas jubilatorias y acordó avanzar hacia un acuerdo conciliatorio en los próximos 30 días.







Un accidente de tránsito se registró durante la tarde de ayer miércoles sobre la Ruta Nacional 158, a la altura del kilómetro 245, cuando dos camionetas protagonizaron una colisión por roce.

Un violento siniestro vial se registró en la tarde de este jueves, alrededor de las 19 horas, en el ingreso sur a Realicó. El accidente tuvo lugar en la intersección de la Ruta Nacional 188 y el Acceso Ricardo Balbín, cuando un camión tolva embistió a un automóvil Volkswagen Gol Power conducido por un vecino de nuestra ciudad.

Un equipo de arqueólogos halló en la laguna Ojo de Agua, de Uriburu, materiales que datan de hasta 12 mil años de antigüedad, convirtiéndose en el registro más antiguo de presencia humana en la provincia. La investigación es impulsada por la Municipalidad local y el Conicet.

Una intensa tormenta acompañada de lluvia y granizo golpeó en la tarde de ayer al departamento mendocino de San Martín, dejando serios daños en viñedos y cultivos, especialmente en los distritos del norte.

El siniestro ocurrió cerca de Catriel, en un tramo crítico de la Ruta Nacional 151. Dos camiones que transportaban arena para Vaca Muerta protagonizaron la colisión, sin que se registraran heridos.

El intendente de Las Higueras, Gianfranco Lucchesi, confirmó que el 5 de diciembre arribarán los primeros seis aviones F-16 al país y que el presidente Javier Milei participará del acto. Las aeronaves provienen de Dinamarca y se alojarán en la base de Río Cuarto.

El hecho ocurrió en una casa ubicada sobre la calle Leopoldo Lugones al 1700, donde la víctima realizaba tareas domésticas con el dispositivo.

La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa confirmó la sentencia contra un comerciante que había recibido por equivocación una millonaria transferencia de una empresa automotriz. El tribunal rechazó su apelación al no encontrar pruebas que justificaran el ingreso del dinero.







