Condenaron a un hombre a 8 años prisión por violar en reiteradas oportunidades a su ex pareja

El juez de audiencia de juicio  de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a un hombre de 35 años,  como autor material y penalmente responsable de los delitos de “violación de domicilio y abuso sexual con acceso carnal, en concurso real, amenazas simples y abuso sexual con acceso carnal, como delito continuado, todo en concurso real”; a la pena de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento. Además lo declaró reincidente.

Judiciales15/04/2021INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
VIOLENCIA DE GÉNERO

Por otro lado, lo absolvió del delito de “violación de domicilio (hecho uno)”, por la aplicación del beneficio de la duda.

El juicio se desarrolló durante los días  25, 26 y 30 de marzo del corriente año, en la Sala de Audiencias 1 del Edificio Judicial de General Pico,  con la actuación unipersonal de Pellegrino, la intervención del fiscal Luciano Rebechi y los defensores particulares Carlos Pedro Febre y Jerónimo Altamirano.

Durante el debate se abordaron 4 hechos diferentes. En oportunidad de la realización de los alegatos de clausura el fiscal solicitó que se condene al imputado por los delitos de “violación de domicilio -dos hechos-, abuso sexual con acceso carnal, amenazas simples, abuso sexual con acceso carnal como delito continuado todo en concurso real”;  a una pena de 8 años de prisión, con expresa declaración de reincidencia.

Por su parte la defensa técnica del imputado al momento de alegar solicitó la absolución de su defendido, por aplicación del beneficio de la duda.

Con las pruebas aportadas en el juicio, el juez dio por acreditada la ocurrencia del segundo, tercero y cuarto hecho. Mientras que el primer hecho, no pudo acreditarse.

En referencia al segundo hecho, tipificado como “violación de domicilio y abuso sexual con acceso carnal”,  el juez  estimó que la comisión de ambos delitos resultó acreditada. Durante el debate se comprobó que- sin establecer fecha precisa pero entre los meses de febrero y marzo de 2020-, aprovechando que la puerta de ingreso a la vivienda se hallaba sin llave, el imputado se introdujo en el domicilio y luego, en el dormitorio de quien en ese momento era su ex pareja y aprovechando que la mujer se hallaba dormida, abusó sexualmente de la misma.

El tercer hecho comprobado, calificado como “amenazas simples”, consistió en que  el imputado amenazó de muerte a la damnificada el día 9 de junio del año pasado.  En referencia a este hecho, el juez expresó que la situación investigada “constituye un hecho concreto de la violencia de género a la que la denunciante se veía obligada a soportar. La situación resultaba ser crónica, con la llegada del imputado al domicilio de la víctima en estado de ebriedad, donde comenzaban las agresiones y los insultos”.

El cuarto hecho, tipificado como “abuso sexual con acceso carnal, como delito continuado”, en virtud de la repetición y reiteración de abusos en el tiempo y su imposibilidad de determinación en su cantidad, configuran la existencia de delito continuado. Durante el juicio quedó comprobado que  imputado obligó a la damnificada, en forma reiterada, a mantener relaciones sexuales contra su voluntad. “Todo el contexto de violencia en que la damnificada sufría de la relación con el imputado, estuvo signado por la obligación de mantener relaciones sexuales, a fin de no recibir insultos o agresiones”, expresó el magistrado y luego agregó que “el imputado conocía la forma en que obtenía las relaciones sexuales, desechando la ausencia de voluntad de la víctima, cosificando a la misma a fin de conseguir su deshago sexual”.

Finalmente, en referencia al primer hecho, que consistió en la imputación de otro hecho de “violación de domicilio” que habría ocurrido  en la madrugada del 9 de diciembre de 2019, cuando  el imputado habría intentado ingresar al domicilio de la damnificada.  El juez estimó que no se logró acreditar la existencia del delito. “No es que realice un recorte en la credibilidad del relato de la damnificada, pero la situación objetiva, no resultó probada”, agregó Pellegrino. “Sin dudas el imputado pretendió ingresar y causó molestias, perturbando la tranquilidad y el descanso de la víctima, pero en el caso puntual, habiendo posibilidad de obtener pruebas que acreditaran la existencia del ingreso indebido, las mismas no se obtuvieron. Por ello y en virtud de la aplicación del beneficio de la duda, previsto en el art. 6 del C.P.P., habré de disponer la absolución del imputado en éste hecho investigado”, expresó el juez.

Al momento de meritar la pena a imponer, el juez consideró como elementos  atenuantes la edad y educación del imputado, resultando una persona joven, con un bajo nivel educativo y cultural.  Como elementos agravantes, consideró la naturaleza de los hechos imputados, su reiteración en el tiempo, “la circunstancia que ya ha resultado condenado por actos contra la misma víctima, sin que se produzca motivación en la prevención especial como fin de la condena. La extensión del daño causado, en virtud de la afectación de la salud psíquica de la víctima, la presencia de menores de edad que quedaron expuestos a presenciar los actos de violencia, como la existencia de un hijo en común con la víctima”.

Te puede interesar
Lo más visto
d7ad63e8-4b24-4d43-8529-647c104cea91

Avanza la implementación del Paseo Gastronómico de Realicó, el municipio se reunió con dueños de carros

InfoTec 4.0
Locales19/12/2025

La Municipalidad de Realicó llevó adelante una reunión informativa con los titulares de carros gastronómicos que habitualmente se instalan en inmediaciones de la Plaza Hipólito Yrigoyen, con el objetivo de dialogar y brindar precisiones sobre la Ordenanza N°35/2025, que regula la creación y el funcionamiento del Paseo Gastronómico en ese sector de la localidad.

allanamiento convitos 2 borrada

Larroudé sigue en alerta tras la partida de los ex convictos: incertidumbre sobre la vivienda y el rol de las autoridades

InfoTec 4.0
Regionales20/12/2025

La comunidad de Bernardo Larroudé vive por estas horas una mezcla de alivio e incertidumbre luego de que los dos ex convictos que residían en la localidad abandonaran el pueblo en las últimos horas. Su presencia había generado un profundo malestar social, no solo por el fuerte rechazo vecinal, sino también por la ausencia de explicaciones oficiales sobre los motivos que llevaron a que estas personas permanecieran allí durante años bajo un supuesto plan de revinculación y reinserción social que, según los vecinos, nunca se concretó.

destacamento policia maisonnave 2

Capturan cerca de Maisonnave a una pareja prófuga por un doble homicidio

InfoTec 4.0
Policiales21/12/2025

Tras un operativo coordinado entre distintas dependencias policiales, efectivos de la Departamental Realicó lograron la detención de un hombre de 25 años y una mujer de 21, quienes eran intensamente buscados por la Justicia puntana como presuntos implicados en un doble homicidio calificado ocurrido el pasado jueves en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis.