A partir de las 18 rige la prohibición de circulación de tránsito pesado en rutas nacionales
La Agencia Nacional de Seguridad Vial ANSV establece la restricción a la circulación de los vehículos de las categorías N2, N3, O, O3 y O4 – es decir más de 3.500 kg – por las rutas nacionales conforme a las fechas y horarios que informamos más abajo.
Rutas nacionales 20, 22, 33, 34, 35, 38, 40, 105, 158, 174, 188, 205, 226 Y 232
Viernes 19: Restricción de ambas manos de 18 a 20:59
Sábado 20: Restricción de ambas manos de 7 a 9:59
Lunes 22 : Restricción de ambas manos de 18 a 20:59
Excepciones de la restricción:
Se exceptúa de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan:
Transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados;
Transporte de animales vivos;
Transporte de productos frutihortícolas en tránsito;
Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;
Atención de emergencias;
Asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío;
Cisterna de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;
Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;
Transporte de medicinas;
Transporte a depósito final de residuos sólidos urbanos;
Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
De transporte de sebo, hueso y cueros