
El Gobierno Nacional rechazó un pedido de informe sobre la ubicación del oro
Fue en el marco del juicio por la expropiación de YPF.


La Cámara Nacional Electoral confirmó la decisión de la jueza María Servini que declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley de Financiamiento de los Partidos Políticos que prevé la cesión gratuita del espacio publicitario para medios tradicionales, por violación del principio de igualdad de las cargas públicas.
Nacionales09/12/2021
INFOTEC 4.0






Con el voto de los jueces Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via, confirmó hoy la decisión de la Jueza Federal con competencia electoral de declarar inconstitucional el artículo 43 quater de la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos.


La norma establece que “de acuerdo a lo establecido en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522, los servicios de comunicación y de televisión por suscripción están obligados a ceder en forma gratuita el cinco por ciento (5%) del tiempo total de programación para fines electorales”. Además, y a partir del año 2020, se fijó que del porcentaje mencionado, “la mitad sería cedida a título gratuito y la otra mitad considerada pago a cuenta de impuestos nacionales”.
El apoderado de América T.V. S.A., de Red Celeste y Blanca S.A. y de Radio Libertad S.A., presentó una acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional con el objeto de declarar la inconstitucionalidad del artículo, ya que si bien la ley electoral impone la cesión gratuita del espacio publicitario, en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual “…solo prevé la obligación de los licenciatarios de ceder espacio en su programación para los partidos políticos durante las campañas electorales; sin que exista previsión normativa alguna que haga siquiera suponer que la cesión del espacio debe ser en forma gratuita”.
Servini señaló en su oportunidad que, la ley actualmente vigente sólo habla de la obligatoriedad de la cesión de espacios de publicidad política y remite a la legislación electoral en relación a sus condiciones de aplicación. “La obligatoriedad de la cesión de espacios en radio y televisión recién fue contemplada por la ley electoral en el año 2009 y su gratuidad, una década después”, advirtió.
Sin perjuicio de no desconocer que es la gratuidad lo que permite que “todos los candidatos, independientemente de su capacidad económica o la de la agrupación que los postula, tengan las mismas posibilidades de exponer sus ideas al electorado”, aclaró que es el Estado Nacional el que afronta con sus arcas el gasto público que genera la realización de los actos eleccionarios, contribuyendo al normal funcionamiento de los partidos políticos.
Por ello, considerando la existencia de un perjuicio al principio de igualdad de las cargas públicas, consagrado por el artículo 16 de la Constitución Nacional, declaró la inconstitucionalidad para ese caso concreto, publicó ámbito.com.ar
Contra esa decisión, el Estado Nacional interpuso recurso de apelación. Así la Cámara confirmó la decisión de la jueza.





Fue en el marco del juicio por la expropiación de YPF.

En un importante operativo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), se logró desbaratar una maniobra de defraudación al Estado. Los equipos, destinados a alumnos de escuelas públicas, habían sido robados de la fábrica y ocultos en inmuebles de Hurlingham.

El 6 de febrero de 1942, el Teniente de Fragata Eduardo Lanusse y el Cabo Principal Erik Blomquist marcaron un antes y un después en la soberanía argentina. A bordo de un Boeing Stearman convertido en hidroavión, desafiaron temperaturas extremas y condiciones precarias para iniciar la era de la aviación embarcada en el continente blanco.

La Fragata Libertad recibió en Francia el prestigioso premio Boston Teapot gracias al trabajo de su tripulación durante el Viaje de Instrucción N°53.

A través de decretos publicados en el Boletín Oficial, el Ejecutivo aceptó renuncias y designó nuevas autoridades en el RENAPER, la UIF, Transporte y el ENARGAS. Los movimientos incluyen enroques internos y traslados a otras áreas del Estado.

El hecho disparó versiones en Ushuaia, en medio de la intervención del puerto local.







El siniestro ocurrió este mediodía a la altura del kilómetro 207. Una familia bonaerense viajaba desde Bariloche hacia Moreno cuando el vehículo volcó por un presunto desperfecto en la calzada.

Antes de esta modificación, los uniformados debían pasar a situación de disponibilidad.

Se trata de Manuel Molinari, el hombre que manejaba la camioneta, y de Naomi Quirós, la joven que manejaba el vehículo en el que viajaba Bastian.

Jorge Capitanich contrató a su hija como parte del personal de su despacho en el Senado, con la categoría más alta.

La Fragata Libertad recibió en Francia el prestigioso premio Boston Teapot gracias al trabajo de su tripulación durante el Viaje de Instrucción N°53.

El fatal siniestro ocurrió ayer por la tarde entre un automóvil y dos camiones. Las víctimas, circulaban en un Volkswagen Fox que quedó atrapado en la colisión. El tránsito estuvo restringido durante varias horas para realizar las pericias.

El fatal siniestro ocurrió cerca de la medianoche de este lunes en la intersección con la calle Malabia. La víctima, una mujer de 60 años, perdió la vida de forma instantánea tras la colisión entre su motocicleta y una Ford EcoSport.

Fue en el marco del juicio por la expropiación de YPF.







