
El hecho ocurrió durante la mañana de este viernes en la ciudad de Córdoba.


La Justicia de San Isidro elevó este miércoles a juicio oral la causa por la muerte de Diego Armando Maradona con el neurocirujano Leopoldo Luciano Luque y otros siete profesionales de la salud acusados por “homicidio simple con dolo eventual”, ya que consideró que como "garantes" de la condición médica del exfutbolista tuvieron la posibilidad de "revertir" su cuadro cardíaco y no lo hicieron, informaron fuentes judiciales.
Nacionales22/06/2022
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En su resolución, el juez de Garantías 2 de San Isidro, Orlando Abel Díaz dispuso que la causa sea remitida a sorteo para que un Tribunal Oral en lo Criminal de ese departamento judicial juzgue por la muerte del astro del fútbol a los ocho acusados.


Además del médico de cabecera del "Diez", Luque (40), deberán enfrentar el juicio la psiquiatra Agustina Cosachov (36); el psicólogo Carlos Ángel "Charly" Díaz (30); la médica coordinadora de la prepaga Swiss Medical, Nancy Edith Forlini (53); el coordinador de enfermeros Mariano Ariel Perroni (41), los enfermeros Ricardo Omar Almirón (39) y Dahiana Gisela Madrid (37); y el médico clínico Pedro Pablo Di Spagna (49).
“La conducta que cada uno de los incusos habría desplegado, no cumpliendo con el mandato de actuar que la buena práctica médica colocaba en sus cabezas, cuando debo insistir una vez más, tenían conocimiento de la situación de riesgo para el bien jurídico, la posición de garante que ocupaban y la posibilidad cierta de actuar, habría abastecido el dolo exigido por la figura del art. 79 del Código Penal, en el caso bajo la formulación de dolo eventual”, dice el juez Díaz en su resolución a la que accedió Télam.
El magistrado menciona que hubo en ellos una “ausencia de interposición de acción salvadora alguna que pudiera evitar el deceso” y una “aceptación interna de los encausados del eventual acaecimiento del resultado finalmente producido”.
“Cada uno de los incusos, desde el lugar que concretamente ocupaban en la configuración global del evento en trato, habrían ejercido el codominio del hecho, decidiendo acerca de su acontecer integral, a partir de los aportes por cada uno de ellos introducidos en el desenlace fatal, esenciales todos para la concreción del resultado alcanzado”, agrega en la resolución de 236 fojas.

Así, el juez avaló la hipótesis planteada por los tres fiscales de San Isidro que instruyeron la causa, Patricio Ferrari, Cosme Iribarren y Laura Capra, en el requerimiento de elevación a juicio que le presentaron el 13 de abril último.
A todos los imputados, el equipo fiscal especialmente creado para esta causa por el fiscal general de San Isidro, John Broyad, los acusó como coautores de un "homicidio simple con dolo eventual", tras concluir que el equipo médico de Maradona fue "deficiente", "temerario" e "indiferente", que sabía que el "10" podía morirse en el estado en el que se encontraba y que no hizo nada para evitarlo.
La autopsia estableció que murió como consecuencia de un "edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada" y descubrieron en su corazón una "miocardiopatía dilatada".
Fuente: Télam.





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