
El fallo argumentó que no corresponde otorgar beneficios a condenados por delitos contra los derechos humanos.


Un policía fue condenado a un año de prisión en suspenso y un año de inhabilitación especial para el uso de escopetas, por ser autor del delito de lesiones graves culposas. Además se le fijaron reglas de conducta durante dos años, entre ellas la realización del curso de escopetero.
Judiciales09/08/2022
INFOTEC 4.0






El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa del juicio abreviado, propuesto de manera conjunta por el fiscal general Máximo Paulucci; el defensor particular José Mario Aguerrido y el propio acusado, Martín Gonzalo Jesús Martínez, de 36 años. El damnificado, que se presentó como querellante particular, estuvo representado por el apoderado Omar Eduardo Gebruers, quien también brindó su consentimiento. La sentencia fue dictada, en forma oral, por la jueza de control María Florencia Maza.


El hecho investigado ocurrió el 6 de mayo del año pasado, a la noche, en el barrio Pueblos Originarios, en Santa Rosa. Martínez realizó un disparo con una escopeta con cartuchería antitumulto, en el contexto de que se había requerido una presencia policial en la calle Grassi al 800. Tres municiones de dicho disparo impactaron en el rostro de un joven, quien como consecuencia de ello perdió su ojo izquierdo.
De acuerdo a las declaraciones testimoniales recibidas durante la investigación fiscal preparatoria, se concluyó –y así quedó escrito en el pedido de juicio abreviado– que existió “una actividad lícita” de la prevención policial al trasladarse hasta allí a raíz de un llamado al Centro de Control, Operación y Monitoreo (Cecom) y también una “actividad permitida” por el protocolo de intervención operativa policial. El resultado del disparo fue “no querido ni buscado” a partir de la “inexperiencia en el uso de armas” del imputado.
También ese texto indica que “el único disparo fue realizado en el marco de una agresión en contra del personal policial, y se hizo en Grassi y San Pablo”; añadiendo que “existió la necesidad de repeler las agresiones de un numeroso grupo de personas contra dos empleados policiales utilizando el medio menos gravoso que tenían a su alcance, que era una escopeta con cartuchería AT, y desestimando el uso del arma reglamentaria”. Por ello la policía habló de un tiro disuasorio con perdigones de goma.
“Sin embargo, y pese a haber utilizado el medio menos gravoso, lo cierto es que el uso del arma provocó un resultado dañoso, no querido ni pretendido por su autor, de consecuencias graves para la víctima, ya que implicó la pérdida de un ojo y la consecuente deformación permanente en su rostro”, añade el acuerdo del abreviado convenido entre las partes.
Más adelante, expresa que “a esta conclusión, que excluye el dolo en el accionar de Martínez, se llegó a través de su relato, de las características del lugar y de la apertura de su teléfono celular –ocurrida en forma sorpresiva al momento de declarar como imputado–“; a lo que se sumó los dichos de otros testigos.
“En función de ello –manifestaron las partes–, la figura culposa es la más adecuada para encuadrar el hecho atribuido a Martínez, quien a la luz de su legajo personal, carece de experiencia para el uso de escopetas con cartuchería AT, ya que no cuenta con el curso de escopetero; además de que la luz en el lugar era escasa e impedía la visión (…) Todo ello sumado al evidente problema visual del imputado, quien utiliza lentes de aumento (los que habrían estado sucios); y a su inexperticia, lo que le impidió tomar los recaudos necesarios para evitar daños en la integridad física de las personas a su alrededor”.
Finalmente, Maza, en el punto cuarto de la parte resolutiva del fallo, dispuso que se libre un oficio a la Policía para que, de acuerdo a lo requerido por la defensa, se aconseje la realización obligatoria del curso de escopetero a todos los empleados policiales.​





El fallo argumentó que no corresponde otorgar beneficios a condenados por delitos contra los derechos humanos.

De todos modos, el fisscal destacó la investigación que se sigue para dar con los autores intelectuales.

Es por la presunta apropiación indebida de más de $19.000 millones.

Días atrás, la Justicia confirmó que el autor es el pintor italiano Giacomo Antonio Melchiorre Ceruti, conocido como “Il Pitocchetto”.

En un comienzo, se había atribuido al retratista Giuseppe Ghislandi, pero los peritajes informan que el autor es otro pintor italiano.

La entidad sostuvo que cumplió con todas las obligaciones legales y denunció irregularidades administrativas del organismo de control.







Un aterrizaje forzoso en la ruta camino a Pinamar reavivó el debate sobre la seguridad y los protocolos legales. ¿Está permitido que un piloto utilice una carretera como pista de emergencia?

Braian Agustín Vilches, de 26 años, permanece bajo custodia acusado de haber efectuado los disparos que terminaron con la vida de Paolo de la Fuente en Barrio Fénix. El sospechoso, que cuenta con antecedentes, se autodefine en redes sociales con un particular alias.

El siniestro ocurrió este miércoles por la noche a la altura del Club de Caza, entre Santa Rosa y Toay. La conductora, de 26 años, fue despedida del vehículo y sufrió una fractura de cráneo.

El Hospital Virgilio Tedin Uriburu de la localidad de Realicó informó que, debido a inconvenientes con la empresa Telefónica, se encuentran fuera de servicio tanto la línea de emergencias 107 como el receptor de llamadas de la Mesa de Entrada.

Ian Sielecki participó de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea francesa y remarcó que las Islas son argentinas.

El Gobierno de La Pampa, a través del Ministerio de la Producción, informa la puesta en marcha de una línea de financiamiento que va desde los 4.000.000 hasta los 100.000.000 de pesos. Está destinada a productores agropecuarios que hayan sido afectados por incendios forestales en el territorio provincial.

La mujer, de unos 70 años, se accidentó en un sector con acceso prohibido mientras su esposo cargaba combustible. Dos trabajadores de una estación de servicios se arrojaron al río y lograron salvarle la vida.

Brisa, pareja del empresario Manuel Molinari, conductor de la Amarok, prestó declaración ante la justicia sobre el siniestro ocurrido en la zona de ‘La Frontera’. Su relato detalla los momentos previos al impacto que dejó a un niño de 8 años en estado crítico y resalta la falta de medidas de seguridad en el vehículo menor.







