
Buenos Aires, capital Ethereum: la feria global rompe récords de convocatoria
Vitalik Buterin será uno de los protagonistas del evento, en medio de una serie de eventos sobre criptomonedas, tokenización y finanzas digitales.


Eduardo Casal, el procurador general, dijo que es constitucional la prohibición que establece el Código Penal y el Electoral. Será la primera vez que la Corte Suprema intervenga en un caso de derechos políticos de detenidos.
Nacionales23/05/2023
INFOTEC 4.0



:quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/LHWCIJ75PBBFRDIQ5RPT7DRGUQ.jpg)


El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de tres o más años de prisión no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en una causa en la que un condenado a seis años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.


Fuentes judiciales informaron que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de tres o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticos de las personas detenidas y condenadas.
"La inhabilitación electoral priva a quien la sufre del ejercicio del derecho al voto, que es trascendental para la vida democrática. Pero también el derecho a la libertad tiene la misma o incluso más trascendencia y, sin embargo, su privación como consecuencia de la imposición de una pena expresamente la admite nuestra Norma Fundamental (artículo 18)", sostuvo en su dictamen sobre el alcance de la Constitución Nacional.
La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a seis años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La condena quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.
El artículo 12 del Código Penal establece que "la reclusión y la prisión por más de tres años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena" y al inciso dos del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta "la privación del derecho electoral". En esa línea, el inciso tres del artículo tres del Código Electoral excluye del padrón a "los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena".
Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de tres años no pueden votar. Sí mantienen ese derecho quienes están procesados o no tengan una condena firme. Los presos en el país votan desde 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles se vota con boleta única de papel.
El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal, que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.
En su dictamen de 13 páginas, Casal señaló que en el caso se discute "si el legislador puede constitucionalmente establecer penas que no consistan en la privación de la libertad, sino en la privación de otros derechos como, en el caso, el de votar". Y señaló que además de las penas de prisión, el Código establece otras como las multas, las inhibiciones o el decomiso.
"En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2°, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso –como se ha expuesto– la que promueve la inconstitucionalidad", sostuvo Casal y agregó que "la regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable".
El caso de Zelaya será el primero en el que la Corte pueda intervenir sobre el derecho o no de los condenados a votar. Hubo otro caso que llegó al máximo tribunal, pero no se pronunció sobre el fondo del reclamo.
Sobre estos casos, la Cámara Nacional Electoral ya dijo que los condenados tienen derecho a votar. La primera vez fue en mayo de 2016 ante una presentación de la Procuración Penitenciaria de la Nación, el organismo que vela por los derechos de las personas detenidas. Allí, la Cámara señaló que no hay una proporcionalidad entre la sanción electoral para no votar y el delito cometido y que puede haber algunos casos en los que la prohibición esté justificada, pero que la ley no puede hacer una inhabilitación general. Así, le pidió al Congreso que dicte una reforma que establezca los alcances en cada caso.
Pero el Congreso nunca lo hizo a pesar de los proyectos que se presentaron. Luego hubo casos particulares que se presentaron con el mismo reclamo y la Cámara los aceptó. Pero los criterios de aplicación fueron dispares. En algunas jurisdicciones los jueces electorales los aceptaron y en otras no.





Vitalik Buterin será uno de los protagonistas del evento, en medio de una serie de eventos sobre criptomonedas, tokenización y finanzas digitales.

La banda de los hermanos Gallagher volvió a presentarse en Buenos Aires tras 16 años. Repasó sus grandes hits mundiales y dejó un guiño para "El Diez".

La ex primera dama estuvo en la mesa de Mirtha Legrand y acusó a Fernández de querer quitarle la tenencia de Francisco. “Nos dejó solos en España”, reveló.

La ministra de Seguridad fue la primera funcionaria del gobierno de Javier Milei en expresarse tras la sentencia por el crimen de Cecilia Strzyzowski.

El director de Defensa Civil de la Provincia de Buenos Aires, Fabián García, llevó tranquilidad a los vecinos tras la explosión e incendio registrados en un sector del parque industrial de Ezeiza, al asegurar que la situación “nunca representó un riesgo grave para la gente”, pese al humo denso y a la incertidumbre inicial que generó el siniestro.

El intendente Gastón Granados dijo que el fuego es “incontrolable”. Hay 20 heridos, evacuados y la autopista Ezeiza-Cañuelas cortada.







Un trágico episodio conmocionó este jueves a la localidad de Rancul, donde un operario rural perdió la vida luego de recibir una fuerte descarga eléctrica mientras realizaba tareas de limpieza en una máquina fertilizadora. El hecho ocurrió en el establecimiento rural “Damasco”, aproximadamente a las 17:45 horas.

Un siniestro vial ocurrido esta madrugada en la Ruta Nacional 188, a unos 1000 metros al oeste del cruce con la Ruta Provincial 1, provocó la interrupción total del tránsito durante varias horas. El hecho fue confirmado por el oficial Tolosa, quien se encuentra temporalmente a cargo de la comisaría de Bernardo Larroudé.

Matías Ferrando, un joven investigador oriundo de Realicó, integra el equipo mendocino reconocido internacionalmente por un estudio que identifica cambios genéticos y proteicos capaces de predecir la progresión de lesiones orales. El proyecto, premiado en la XIX Reunión de la AIPMB, podría transformar la detección temprana y el tratamiento del cáncer oral esporádico, uno de los más silenciosos y difíciles de diagnosticar.

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Norberto Francisco Rivero a la edad de 94 años. Casa de duelo calle Primera Junta 1676. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 15 de Noviembre de 2025 a las 17:30 horas, previo responso en la sala.

El mediodía de este sábado dejó una postal tan bella como inusual en el cielo de Rancul. Marina Vara, vecina de la localidad, registró con su teléfono móvil un fenómeno meteorológico poco frecuente: nubes iridiscentes, una formación que suele llamar la atención por sus tonos pastel que recuerdan a los colores de una mancha de aceite sobre el agua.

La tarde de este sábado 15 de noviembre dejó escenas de preocupación en Realicó, cuando las intensas ráfagas de viento arrancaron por completo el techo de una vivienda ubicada en calle Matiazzo al 2200, en el sector sudeste de la localidad, detrás del predio del Instituto Parroquial Sagrada Familia.

La violenta tormenta que azotó este sábado a Intendente Alvear y Ceballos dejó un panorama de destrucción que vecinos y autoridades describen como “nunca visto”. Las ráfagas, de una fuerza inusual, provocaron la caída de árboles, postes, columnas, estructuras de comunicación, además de severos daños en viviendas y en la red eléctrica de ambas localidades.

La intendenta de Alvear, Agustina García, brindó un testimonio contundente sobre la gravedad del temporal que afectó a la localidad durante la tarde de este sábado. En un breve contacto con Infotec 4.0, la jefa comunal describió un escenario crítico, con múltiples daños materiales, personas afectadas y un amplio despliegue de personal de emergencia.







