Caso Lucio Dupuy: el jury evaluó los descargos y resolverá el 28

Dos semanas atrás la jueza Pérez Ballester y la asesora Catán fueron oídas por el jury, de acuerdo al procedimiento que prevé la ley provincial 313 de Jurado de Enjuiciamiento. Allí efectuaron sus descargos verbalmente, pero también por escrito y en forma extensa.
Judiciales19/09/2023INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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El jurado de enjuiciamiento evaluó hoy los descargos presentados por la jueza de familia, niños, niñas y adolescentes de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y la asesora de niños, niñas y adolescentes, Elisa Alejandra Catán, y el jueves 28 resolverá si hace o no lugar a la formación de una causa contra ellas.

La decisión fue adoptada por el jurado que componente el ministro del Superior Tribunal de Justicia –a cargo de la presidencia–, Fabricio Luis Losi; las diputadas María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo; y las abogadas por la matrícula, María Natalia Gaccio y Silvina María Garro, luego que deliberará esta mañana en el Salón de Acuerdos del STJ.

Pérez Ballester y Catán fueron denunciadas por mal desempeño, en la tramitación de los expedientes por la tutela y el cuidado personal del niño Lucio Dupuy, por los diputados/as del Frente Justicialista Pampeana y solo la magistrada por el bloque legislativo del PRO (Propuesta Republicana).

Dos semanas atrás ambas funcionarias fueron oídas por el jury, de acuerdo al procedimiento que prevé la ley provincial 313 de Jurado de Enjuiciamiento. Allí efectuaron sus descargos verbalmente, pero también por escrito y en forma extensa.

Esos descargos fueron analizados hoy por el jurado que, luego de debatirlo internamente, resolvió que el jueves 28 definirá si da curso o no a las denuncias y, por lo tanto, si hace lugar o no a la formación de una causa, siempre de acuerdo a lo estipulado en la ley 313.

De acuerdo a lo que establece la Ley Provincial 313 de Jurado de Enjuiciamiento en el artículo 31 inciso 3), como las denuncias fueron admitidas prima facie, las personas acusadas tienen el derecho a ser oídas como paso previo a que el jury resuelva si les da curso o las rechaza. 

Por eso Pérez Ballester, en primer término, y Catán a posteriori, estuvieron  hace dos semanas en la Sala 7, en el segundo piso del fuero penal, formulando sus descargos y dando explicaciones sobre los pormenores de los expedientes ante los cinco integrantes del jurado. 

Pérez Ballester declaró en primer término durante unos 45 minutos. La acompañó  el abogado piquense Pablo Rodríguez Salto. Luego Catán lo hizo sola aproximadamente durante una hora. 

La Ley 313 dice simplemente que el jury escuchará a los funcionarios/as denunciados/as y, por esa razón, tanto la magistrada como la asesora informaron en detalle por sus participaciones en los legajos abiertos por la tutela y el cuidado personal del niño durante la audiencia, que no tuvo carácter público porque así lo establece la normativa. 

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