
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa resolvió que los jueces de ejecución deben considerar los cursos realizados por personas privadas de libertad —incluidos los virtuales— como posibles factores para reducir los plazos de sus condenas, siempre que aporten a su formación y reinserción social. La medida, firmada por la Sala B, ratifica un precedente y rechazó un recurso de la fiscalía que cuestionaba este criterio.