Victorica: dos condenados por el robo de 31 vacunos

En un juicio abreviado, el juez de Control de la IV Circunscripción Judicial, Carlos Espínola, condenó por el delito de abigeato a dos personas oriundas de Victorica a tres años de prisión de ejecución condicional por la sustracción de 31 animales vacunos de los predios rurales La Naranja y El Durazno.

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El acuerdo fue rubricado por las partes: el fiscal sustituto Enzo Rangone, en carácter de representante del Ministerio Público Fiscal; el querellante particular Tomás Urquiza Viñas junto a su abogado patrocinante Raúl Javier Salvadori; y, por otro lado, los imputados J. J. y J. M. Fernández (padre e hijo), defendidos técnicamente por el abogado Julio César Pagella

Condenas

Espínola condenó a J. J. Fernández, por su implicación en el delito de abigeato agravado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y se le impusieron reglas de conducta, incluyendo la obligación de fijar domicilio y presentarse mensualmente en la comisaría de Victorica, entre otras medidas.

Por otro lado, J. M. Fernández. también fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por delitos similares, aunque de menor gravedad. Al igual que en el caso anterior, se le impusieron reglas de conducta durante un periodo de dos años.

Absoluciones

Sin embargo, el Tribunal absolvió a otros acusados (familiares), incluyendo a J. J. Fernández., L. Á. Fernández, A. R. Muñoz y A. M. Muñoz, basándose en los fundamentos expuestos en el considerando del fallo.

El caso

El 18 de octubre de 2023, en la madrugada, JJ. Fernández y J.M. Fernández fueron interceptados por personal policial de la Comisaría Departamental Victorica mientras circulaban a bordo de una camioneta marca Volkswagen, modelo Amarok, color azul, por la ruta provincial 105 en el tramo comprendido entre el denominado “Camino del Indio” y la ruta provincial 105 de Victorica, llevando enganchado un carro tipo vaquero color azul con tres animales vacunos en su interior. Según detalla el fallo, los mismos que habían sido sustraídos por ellos momentos antes, del predio La Naranja, ubicado en “Camino del Indio”, a 30 kilómetros al oeste de la ruta provincial 105, departamento Loventué, propiedad de las Firmas “Felipe A. Ballester S.A.”, “Sucesores de Julio A Ballester” y “Puntana”, administradas por Juan José Ayerza.

Asimismo, sin poder precisar fechas exactas –continúa el fallo J. J. Fernández. y J. M. Fernández sustrajeron en diversos momentos un total de 31 animales vacunos propiedad de las mismas firmas damnificadas, algunos del predio La Naranja y otros del predio El Durazno, sin poder determinarse las cantidades transportadas en cada oportunidad. Luego, los presentaron el día 17 de octubre de 2023 en la Feria Ganadera “Néstor Hugo Fuentes”, en Victorica, para ser comercializados allí, pero sin lograr concretar una venta.

Destino de los bienes

Los animales fueron devueltos a la firma damnificada. La camioneta secuestrada, a los imputados. Por otra parte, el carro vaquero, con decomiso en favor del Estado, fue puesto a disposición del Ministerio de Justicia y Seguridad, con requerimiento de destino a la Escuela Agrotécnica Florencio Ernesto Peirone de Victorica o al Servicio de Seguridad Rural de la Coordinación Oeste de la Policía de La Pampa.

Cabe destacar que esta investigación, por aproximación geográfica –límite entre La Pampa y San Luis– contó con el trabajo conjunto entre Comisaría Victorica, Coordinación Oeste URI y la División de Ecología Ambiental y Rural de la Policía de San Luis a cargo del comisario Fernando Cura.

¿Qué es un Juicio Abreviado?

Es un instituto escrito u oral del Código Procesal Penal que permite evitar la realización de un juicio oral y público pudiendo las partes acordar condenas (que incluyen condenas en suspenso como de efectivo cumplimiento) y absoluciones. El acuerdo para ser convertido en sentencia deberá ser presentado al Juez, quien podrá aceptarlo, y en consecuencia condenar o absolver.

Las partes necesariamente son el Ministerio Público Fiscal y el imputado, asistido por su defensor de confianza.

Para que se concrete un Juicio Abreviado el imputado deberá reconocer el hecho. 

Del acuerdo se da conocimiento a la víctima, quien deberá dar su opinión, la cual no es vinculante.

El máximo de pena por el cual puede celebrarse un acuerdo de juicio abreviado es de 12 años de prisión. No puede realizarse abreviados en materia juvenil, cuando el otorgamiento a favor de un imputado no permita conocer la verdad objetiva, cuando el imputado no haya prestado consentimiento valedero o cuando no se haya respectado los derechos de la víctima. 

El procedimiento de acuerdo de Juicio Abreviado permite una administración de justicia más veloz y ágil, que evita desgastes innecesarios en la estructura jurisdiccional y en los recursos humanos, técnicos y materiales del fuero penal.

Además, logra condenas y absoluciones con menos tiempo de sometimiento del imputado al proceso. Y garantiza los derechos de la víctima, sin la necesidad de que participe en un debate oral.

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