
En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.


La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa dictó una sentencia histórica al resolver, por primera vez de manera unipersonal, un recurso directo interpuesto por las empresas Ford Argentina S.C.A. y Plan Óvalo S.A para Fines Determinados, que habían sido multadas por la Dirección General de Defensa del Consumidor.
Judiciales21/11/2024
InfoTec 4.0






El caso surgió tras una denuncia de una mujer que se había adjudicado un automóvil 0 km mediante un plan de ahorro, pero no recibió el reembolso correspondiente por siete cuotas que se le habían ofrecido de forma bonificada. El organismo sancionó a las empresas por un total de 875.000 pesos por no devolver el dinero de las cuotas entre la 62 y la 84, cuando la deuda fue cancelada.


El recurso directo se presentó ante la Cámara contra una resolución administrativa del organismo dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de La Pampa. Este tipo de recurso se plantea cuando las sanciones aplicadas por resoluciones administrativas se cuestionan en el fuero civil. En esta ocasión, el fallo marcó un hito debido a la reciente autorización del Superior Tribunal de Justicia, que permitió que un solo juez resolviera este tipo de planteos desde el 1 de septiembre de 2024.
El juez Guillermo Samuel Salas, quien firmó la sentencia, rechazó los recursos presentados por ambas empresas, argumentando que incurrieron en faltas en virtud de los artículos 4° (debe de información) y 8° (efectos de la publicidad) de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor (LDC). El magistrado explicó que, en el proceso de suscripción al plan de ahorro, la mujer había sido informada de una bonificación en las cuotas, pero cuando canceló la deuda no recibió el beneficio prometido.
Ford Argentina y Plan Óvalo S.A. alegaron que no tenían responsabilidad sobre la falta de bonificación, argumentando que no firmaron el contrato de adhesión en el caso de Ford y que Plan Óvalo había entregado la documentación pertinente con las condiciones generales. Además, ambas empresas cuestionaron la constitucionalidad del artículo 45 de la Ley 24.240, que obliga al pago previo de la multa antes de interponer un recurso directo.
Sin embargo, el juez Salas desestimó estos argumentos, señalando que no quedó demostrado que a la consumidora se le hubiera aclarado en qué circunstancias perdería el derecho a la bonificación. De igual forma, descalificó la postura de las empresas, considerando ilógicas sus justificaciones sobre el incumplimiento de las condiciones en caso de atrasos o pagos adelantados, como ocurrió en este caso debido a una situación de siniestralidad.
Salas también destacó la importancia de la protección al consumidor, señalando que la multa impuesta por Defensa del Consumidor se ajustaba al marco constitucional y a la normativa vigente. Subrayó que las empresas no habían cumplido con su deber de informar adecuadamente a la consumidora, lo cual constituye una infracción reiterada, según la ley.
Con esta resolución, la Cámara de Apelaciones marca un precedente en la jurisprudencia de La Pampa y refuerza el compromiso con los derechos de los consumidores frente a prácticas comerciales que no garantizan transparencia ni el respeto a los acuerdos pactados.





En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.

Surge la duda si los jugadores cobraron a “tipo oficial” y alguien se quedó con la diferencia de la brecha

Los propietarios son Luciano Pantano y su mamá jubilada, quienes están en la mira por ser presuntos “testaferros” del tesorero de AFA, Pablo Toviggino.

El empresario vinculado con Claudio “Chiqui” Tapia fue impedido de abordar un vuelo hacia Uruguay con todos los pasaportes de su familia en su poder

También reaccionó Bullrich, quien criticó al juez por su decisión.

La decisión judicial también alcanzó al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino.







Emiliano León Valle, el niño de un año hijo de Selene Valle, oriunda de Realicó, fue dado de alta médica luego de haber atravesado con éxito el proceso de recuperación tras el trasplante hepático al que fue sometido el pasado 19 de diciembre en la ciudad de Córdoba y cuyo donante fue su papá. La noticia fue compartida por su mamá, quien hizo público el emotivo momento vivido por la familia al retirarse del hospital, cerrando una etapa marcada por la incertidumbre y dando paso a la esperanza.

Comerciantes de Realicó manifestaron ante este medio, disconformidad con la obligación de cerrar sus puertas a las 14 horas este martes 31 de diciembre, tal como lo establece la normativa vigente a la que adhirió el municipio en el marco de una Ley provincial Nº 2717. La medida, que se repite cada año en las fiestas de fin de año, volvió a generar reclamos en un sector que atraviesa un contexto económico complejo y que considera la restricción horaria como “perjudicial” para la actividad comercial en una de las fechas más importantes del calendario.

El siniestro ocurrió a la altura del kilómetro 371, en jurisdicción de Winifreda. Dos vehículos que circulaban en el mismo sentido colisionaron y la acompañante del automóvil debió recibir asistencia médica.

El 2025 se despide de la peor manera para las localidades del norte de La Pampa. Lo que debía ser una jornada de preparativos y celebración para recibir el 2026, se transformó en un escenario de malestar, incertidumbre y un sabor amargo que el calor sofocante no hizo más que potenciar.

La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) falló a favor de un reclamo de la Coalición Cívica. La presidenta del organismo, Erica Riboyra, tiene 10 días para aportar documentación precisa sobre el estado del complejo habitacional.

El siniestro ocurrió en la noche de este 31 de diciembre sobre la calle Estrada. La rápida intervención de los propietarios y vecinos con matafuegos evitó que las llamas consumieran un Renault Megane.

La tormenta ingresó desde el sur provincial y azotó la Capital. Hubo daños importantes en vehículos en el aeropuerto y preocupación por el colapso de los talleres de reparación.

Lo ocurrido durante los festejos de Año Nuevo en Realicó volvió a encender el debate en torno al uso de pirotecnia y, especialmente, a la forma en que el Municipio aplica —o interpreta— las sanciones previstas para estos casos.







