Nacionales Por: INFOTEC 4.026 de marzo de 2020

LOS ENVÍOS A TRAVÉS DEL SERVICIO POSTAL NO REQUERIRÁN LA FIRMA DEL DESTINATARIO

La medida fue dispuesta por el Gobierno Nacional y se publicó en el Boletín Oficial. El poder Ejecutivo busca agilizar esta práctica para evitar el contacto excesivo entre persona para evitar contagios de coronavirus.

A través de una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), por medio del Gobierno Nacional se estableció que, mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio, todo envío efectuado a través del servicio postal no requerirá la firma del destinatario.

En el documento se precisó que “a pesar de las medidas oportunas y firmes que desplegó el Gobierno Nacional y los distintos gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el primer caso confirmado en la Argentina, la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esta emergencia”.

Asimismo se destacó la “vital importancia” de las medidas de aislamiento y distanciamiento social obligatorio. Considerando que los trabajadores del servicios postal han sido exceptuados del DNU, “en virtud de las recomendaciones efectuadas por la autoridad sanitaria, deviene imperioso determinar nuevos procedimientos en la entrega de los distintos productos postales, tendientes a mantener la distancia necesaria y el contacto físico entre las personas”.

El Enacom dispuso este jueves a través del  Boletín Oficial que mientras rija la cuarentena los servicios postales de cartas control, con firma en planilla, carta control con aviso de retorno, carta exprés, carta con acuse, carta confronte, paquete, encomienda, tarjetas de crédito, servicios puerta a puerta, telegrama y carta documento, podrán tenerse por entregados sin firma ológrafa del destinatario o persona que se encuentre en el domicilio de destino.

Gentileza: Pampadiario

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