Judiciales Por: INFOTEC 4.0 20 de mayo de 2021

Condenaron a un hombre a 9 años de prisión por abusar de una menor de 11

El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a un hombre de 54 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual simple y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda como delito continuado en concurso real”, a la pena de nueve años de prisión.

El juicio se desarrolló los días 10 y 13 de mayo del corriente año, con la actuación unipersonal de la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor oficial Jerónimo Altamirano.  

Con las pruebas aportadas en la causa, el juez dio por probado que sin poder precisar fecha exacta pero desde hacía más de un año antes de la radicación de la denuncia (1 de junio de 2020), en reiteradas oportunidades y en distintos lugares, el imputado tocó en sus partes íntimas a la menor de 11 años de edad. El imputado es el abuelastro de la menor – pareja de su abuela materna- y  quedó comprobado que en oportunidades tocaba sus partes íntimas y  en otras le practicaba sexo oral.  

El magistrado expreso que los “hechos descriptos tipifican como abuso sexual simple en el caso de los tocamientos, y abuso sexual gravemente ultrajante” en el otro caso. 

En sus alegatos finales la fiscal requirió la condena del acusado por la comisión de los delitos de “abuso sexual simple y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda como delito continuado y abuso sexual con acceso carnal en concurso real” .Y solicitó una a pena de diez años de prisión. 

Por su parte el defensor particular, solicitó la absolución de su defendido por todos los hechos toda vez que no se habían probado en forma fehaciente los mismos. Subsidiariamente requirió se lo condenara por el delito de “abuso sexual simple”, al mínimo de la pena prevista para dicha figura que es de seis meses de prisión en suspenso  y para el caso que el  juez diera por probado todos los hechos por los que fuera acusado su cliente, peticionó la aplicación del mínimo de la pena prevista para el concurso de delitos requeridos por la fiscal, es decir ocho años de prisión. 

Pagano agregó en el fallo que “los delitos contra la integridad sexual son aquellos denominados `intra muros’, es decir que habitualmente su comisión se produce sin la existencia de testigos, y ahí radica la importancia del relato de la víctima, el que deberá ser avalado por otras pruebas que confirmen su verosimilitud”. 

En cuanto a los delitos endilgados al imputado el juez expresó que “he sido extenso y a veces reiterativo al señalar en los párrafos precedentes que considero veraz el relato de la niña, aún confrontados con versiones del acusado”. Y agregó respecto a la acusación de la fiscalía que “francamente las pruebas aportadas al respecto no me han brindado una certeza absoluta respecto a que haya existido” el delito de abuso sexual con acceso carnal. Entre otras pruebas, el magistrado tuvo en cuenta que “el informe del Médico Forense  es concluyente al descartar cualquier tipo de lesión”.  

En referencia al agravante de los delitos agregó que “no olvidemos que todos los testigos, sean de la Fiscalía como de la Defensa, como el mismo acusado, han dicho que la relación entre acusado y damnificada era de abuelo-nieta. Durante esos momentos el encartado ejerció una guarda provisoria”

Como circunstancia atenuante, el juez tuvo en cuenta la carencia de antecedentes condenatorios del imputado, mientras que como circunstancias agravantes consideró que “estamos ante una pluralidad de hechos cometidos contra una víctima menor de 11 años de edad, y la circunstancia de que habiendo sido alertado por la madre sobre los hechos, igualmente continuó cometiéndolos. Por ello, considerando justo, proporcional y adecuado imponer la pena de nueve años de prisión”.  

Por último absolvió al imputado respecto a la comisión del delito de “abuso sexual con acceso carnal”.  

El Poder Judicial ratifica su compromiso diario de brindarle el servicio de justicia a la comunidad pampeana. En el marco  de las restricciones impuestas por el Poder Ejecutivo como consecuencia del incremento de contagios por Covid-19, continúa trabajando bajo las modalidades presencial, semi presencial y a distancia.  

Te puede interesar

Le robó los ahorros a su suegro y se compró un auto

El pasado 3 de abril un hombre se hizo presente en la Comisaría Departamental Santa Isabel para radicar una denuncia de un hurto millonario. Le habían llevado de su ropero que está ubicado en su habitación una cartera color negra que en su interior tenía más de 10 millones de pesos en moneda estadounidense, chilena y europea.

Un realiquense condenado por un robo violento en un campo de Mauricio Mayer

Javier Ale, un hombre de 60 años y con antecedentes penales, fue condenado a cinco años de prisión por ser considerado coautor del delito de robo doblemente calificado por haber sido cometido en despoblado y con la utilización de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada. Además fue declarado reincidente.

Suspenden a una escribana por 6 meses por faltas graves

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sanción de 6 meses de suspensión que aplicó el Tribunal de Superintendencia Notarial contra la escribana María Irma Espínola por una serie de faltas cometidas en el ejercicio de su profesión.

Fonseca y Aliaga celebraron el fallo contra Irán y recordaron al Fiscal Nisman

La Cámara Nacional de Casación Penal ha emitido un fallo histórico respecto a las responsabilidades de los funcionarios involucrados en el desvió de información del atentado en el edificio de la mutual de la AMIA, reafirmando el sentido de justicia para las víctimas y sus familiares, tras casi treinta años del ataque.

Ocho años de prisión para un hombre que abusó sexualmente de su hija

El juez de audiencia de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a un hombre de 60 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple calificado por el vínculo, como delito continuado y abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo, todo en concurso real;  a la pena de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento.

Dos madres fueron condenadas por pegarles a sus hijas

Dos madres fueron condenadas a seis meses de prisión en suspenso por pegarles a sus hijas.  Un caso ocurrió en General Acha y el otro en 25 de Mayo, y las sentencias condenatorias fueron firmadas por el juez de control, Diego Ariel Asin, y la jueza de control, Daniela Johana Martínez, respectivamente, al homologar los acuerdos de juicio abreviado.