Nacionales Por: INFOTEC 4.008/04/2023

 Ex intendente salteño condenado por corrupción de menores fue habilitado para ser candidato 

Juan Rosario Mazzone fue destituido del distrito de El Bordo en 2015, luego de que se filtraran fotos suyas en una fiesta en su casa junto a menores de edad semidesnudas.

Un ex intendente de un distrito salteño que había sido destituido y condenado por corrupción de menores se presentará como candidato en las próximas elecciones para intentar volver a gobernar el municipio.

Se trata de Juan Rosario Mazzone, quien estuvo al frente del distrito de El Bordo hasta 2015, cuando se vio involucrado en un escándalo por una fiesta con menores de edad semidesnudas.

Dos años después de su destitución había sido condenado por corrupción de menores: al defenderse, el dirigente se había definido como víctima de una "operación política de la oposición" y había señalado que desconocía la edad de las adolescentes que estaban en su vivienda.

A ocho años de su polémica salida de la Municipalidad de El Bordo, la Justicia Electoral autorizó a Mazzone a competir como candidato en los comicios provinciales del próximo 14 de mayo.

La justificación del fallo fue que el dirigente ya cumplió su sentencia, que no incluía una inhabilitación para ejercer cargos públicos.

"Las consideraciones efectuadas respecto de la calidad ética o moral de una persona no pueden ser evaluadas por este Tribunal para impedir su postulación, en el sentido de que no es posible crear requisitos o impedimentos para el ejercicio de los derechos políticos que la ley no prevé ni la Constitución autoriza", señaló el Tribunal Electoral en medio de la controversia.

Según publicó el diario El Tribuno, los magistrados agregaron: "De los informes requeridos al Tribunal de Impugnación y al Tribunal de Juicio se desprende que Juan Rosario Mazzone, efectivamente, cuenta con un antecedente condenatorio (JUI 120807/15), no obstante lo cual, la fecha de la sentencia (17/2/2017) y su ratificación por el tribunal revisor (16/9/2019), impiden la aplicación de la Ley 8.275, encontrándose cumplido el plazo de condena".

La ley salteña establece que "no podrán ser candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales los condenados por sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena".

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