Judiciales Por: INFOTEC 4.008/07/2026

Condenan a un hombre a prisión efectiva por amenazar de muerte a su expareja

La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a un hombre de 30 años a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de amenazas simples contra su expareja. Además, revocó la condicionalidad de una condena anterior que también tenía como víctima a la misma mujer y unificó ambas sentencias en una pena única de seis meses de prisión efectiva.
Tribunales de General Pico - La Pampa

De acuerdo con las pruebas incorporadas durante el debate oral, el hecho ocurrió en la mañana del 7 de marzo de 2025, cuando la mujer se encontraba llevando a la hija que tienen en común al colegio. En ese momento, el imputado llegó al establecimiento para acompañar al otro hijo de la pareja y, al acercarse a la víctima, que estaba junto a su actual pareja, la amenazó diciéndoles: "Les suena una cortada, los voy a agarrar a tiros, te voy a matar".

El juicio se desarrolló el pasado 29 de junio con la intervención de la fiscal Andreina Montes, el defensor oficial Héctor Freigedo y el abogado Walter Vaccaro, quien representó a la querellante particular.

Durante los alegatos, la Fiscalía solicitó una pena única de seis meses de prisión efectiva y la revocación de la condena condicional impuesta anteriormente, pedido al que adhirió la querella. En cambio, la defensa requirió la absolución del acusado invocando el beneficio de la duda.

Al fundamentar la sentencia, la magistrada recordó que el condenado ya registraba antecedentes por hechos de violencia contra la misma víctima. En octubre de 2023 había sido condenado por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas simples y daño simple, todos cometidos en perjuicio de su entonces pareja.

Gianinetto sostuvo que el nuevo episodio ocurrió poco tiempo después de aquella condena, lo que demuestra que el acusado no modificó su conducta y persistió en los hechos de violencia contra la madre de sus hijos.

Por ese motivo, y conforme a lo previsto en el artículo 27 del Código Penal, la jueza resolvió revocar el beneficio de la condena condicional anterior y unificarla con la pena impuesta en esta causa, estableciendo una condena única de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.

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