TURISMO HABILITÓ EL REGISTRO DE INSCRIPCIÓN PARA GUÍA

La Secretaría de Turismo de La Pampa informa que ya funciona el Registro Provincial de Guías de Turismo, creado a partir de la sanción de la Ley Nº 3260 de la Cámara de Diputados.
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Es oportuno recordar que el gobernador Sergio Ziliotto consideró, en su discurso de asunción, al turismo como política de Estado. En consonancia con esta posición es de interés para la gestión regularizar la actividad y ofrecer tanto al turista como a los prestadores un marco legal de contención.

El mencionado Registro funciona bajo la órbita del Área Fiscalización de la Secretaría y la inscripción es gratuita.

Trabajo local, registrado y formal
Según la normativa se considera guía de turismo a “toda persona física que en forma remunerativa presta servicios tales como: recibir, acompañar, orientar, transmitir, informar, conducir, interpretar, motivar en materia turístico cultural, folclórica, histórica, geográfica, ecológica y que mediante la utilización de técnicas de comunicación y dinámica grupal concurren al conocimiento y a la fluida interpretación de bienes naturales y culturales”.

En cuanto a la promoción del trabajo local, registrado y formal, la Ley especifica, en su artículo 6, que “el Guía de turismo nacional o extranjero que ingrese con un contingente a la Provincia deberá ser asistido dentro de ésta y durante toda su estadía, por guías inscriptos en el Registro Provincial de Guías de Turismo”.

Por única vez, y por un plazo que no exceda de un año de sancionada la Ley, se autoriza la inscripción en el registro a aquellas personas que careciendo de título habilitante de guía de turismo acrediten una experiencia en el ejercicio profesional superior a dos años y cumplan con los requisitos que determine la autoridad de aplicación.

Inscripción
Los guías podrán inscribirse en la Secretaría de Turismo o realizar el trámite de manera virtual. Para mayor información deberán dirigirse al E-mail: [email protected] o a los teléfonos 02954-424404 / 425060 de lunes a viernes de 8 a 13.

Las categorías en las que podrán inscribirse son las siguientes: Guía de Turismo Profesional, Guía de Turismo Especializado, Guía de Turismo Idóneo, Guía de Sitio.

Son requisitos para la inscripción:

  • Ficha de inscripción completa y con firma certificada.
  • Declaración jurada manifestando conocer protocolos sanitarios y epidemiológicos vigentes y comprometiéndose a cumplirlos.
    Copia certificada de D.N.I.
  • Curriculum Vitae firmado en cada hoja.
    Constancia de inscripción en AFIP o certificación de trabajador en relación de dependencia (original).
  • Certificación de antecedentes expedido por Policía Provincial (original).
  • Acreditar aptitud psicofísica mediante certificado expedido por médico de salud pública (original).
  • Certificado de curso de RCP (Reanimación cardiopulmonar) (copia certificada).
  • Copia certificada de título habilitante cuando corresponda.
  • Contar con los siguientes seguros:
    Autónomos: Seguro de accidentes personales para el Guía y de responsabilidad civil para los turistas.
  • Trabajadores en relación de dependencia: ART y seguro de vida obligatorio.
  • Foto carnet impresa o digital

Se aclara que la certificación de firmas y/o copias puede realizarse en escribanía, Juzgado de Paz o en la Policía.

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