


Condenan a una madre por lesionar a su hijo
INFOTEC 4.0






¿Cuál fue el hecho? Haber agredido físicamente a su hijo, en la vivienda familiar, “provocándole una inflamación en la región temporal izquierda con excoriaciones”.
El abreviado fue convenido entre el fiscal Raúl Miguez Martín, el defensor particular Juan Ricardo Veneri y la propia imputada, quien admitió su culpabilidad. Por ser la sanción de ejecución condicional, a la acusada se le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por dos años (fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras). El padre de la víctima, que fue el denunciante, al ser informado sobre los alcances del acuerdo, también prestó su conformidad.
Justamente Moscoso Mendieta, para concluir con el fallo condenatorio, valoró –además de los certificados médicos– la denuncia formulada por el padre y el informe de la entrevista realizada por una psicóloga forense al menor en Cámara Gesell.


El denunciante –expareja de la agresora– relató que su hija de 11 años le había contado tiempo atrás de golpizas previas mientras la madre ejerció la tutela de ambos niños, y por eso consiguió que los pequeños quedaran a su cargo.
Sin embargo, a fines de 2018, se dispuso, con la intervención de la defensoría oficial y la Unidad Regional de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que los chicos volvieran nuevamente a convivir con su madre, a condición que ella iniciara una terapia psicológica.
El día de los hechos, el padre manifestó que recibió un llamado de su exsuegro, quien le informó que la víctima estaba con él porque la madre le había pegado y que ya lo había llevado al hospital. A la tarde, su propio hijo le contó que esa mañana, mientras dormía, su madre llegó a la casa ebria y que discutió y forcejeó con un hombre. Por eso el menor llamó a su abuelo para que fuera a buscarlo, ya que temía ser golpeado.
Cuando cortó la comunicación –siempre según los dichos del denunciante–, la imputada, al advertir la llamada, le dio golpes de puño y lo empujó contra la pared. También le expresó que “no le iba a hacer de comer y que no lo quería más ya que para ella estaba muerto”. Poco después arribó su abuelo y se lo llevó.
Finalmente, con respecto al testimonio del menor en Cámara Gesell, la jueza tuvo en cuenta que la psicóloga informó que “el niño contextualizó la situación en un momento y un lugar adecuado, realizó correcciones espontáneas y presentó un registro claro y preciso de los hechos, personas y lugares. Además pudo reproducir variadas interacciones, conversaciones entre él, su madre, su abuelo y su padre, y otras personas que participaron en las distintas situaciones relatadas”. Por eso la profesional consideró que el relato fue creíble, sin contradicciones y sin motivaciones ni influencias de terceras personas para fabular o mentir.âÂÂÂÂ






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