Córdoba: Por el turismo restringen la circulación de camiones, está comprendida la ruta 35




La medida regirá para las rutas nacionales que atraviesan la Provincia de Córdoba, a saber: 7, 8, 9, (desde Villa del Totoral hasta la Quiaca), 19, 20, 35, 38 y 158. Cabe consignar que quedan exceptuadas las rutas 36, 60, 148 y Autopista Córdoba – Rosario.

Qué transportes quedan excluidos de la medida
Las autoridades recordaron que quedan excluidas de la restricción, entre otros, los vehículos de: a) transporte de leche cruda y sus derivados, b) transporte de animales vivos, c) transporte de productos frutihortícolas en tránsito, d) transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales, e) atención de emergencias, f) asistencias de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el trasladado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío, g) cisterna de trasladado de combustibles y de gas natural comprimido, h) transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transporta a dichos destinos, i) transporte de medicinas, j) transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos, k) transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial y l) transporte de sebo, hueso y cueros.
Asimismo, se informa que la restricción rige para las categorías:
N2: vehículos utilizados para transporte de carga con un peso máximo superior a los TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 Kg), pero inferior a los DOCE MIL KILOGRAMOS (12.000 Kg).
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N3: vehículos para transporte de carga con un peso máximo superior a los DOCE MIL KILOGRAMOS (12.000 Kg).
O: Acoplados (incluyendo semiacoplados).
O3: Acoplados con un peso máximo superior a los TRES MIL QUINIENTOS KILOGRAMOS (3.500 Kg), pero que no exceda los DIEZ MIL KILOGRAMOS (10.000 Kg).
O4: Acoplados con un peso máximo superior a los DIEZ MIL KILOGRAMOS (10.000 Kg).
Puntal

