
El fiscal Ricardo Sáenz dijo que “nunca se van a conocer los autores materiales” de la muerte de Nisman
De todos modos, el fisscal destacó la investigación que se sigue para dar con los autores intelectuales.


El Tribunal de Impugnación Penal confirmó hoy una pena a prisión de 18 años por abuso sexual a una menor de 13 años, gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y acceso carnal, como delito continuado. El acusado es un empleado municipal de 40 años y las víctimas fueron cuatro hermanitas de entre seis y diez años.
Judiciales06/04/2022
INFOTEC 4.0






La novedad se dio a conocer a través de la resolución dictada por los jueces de la Sala B, Fernando Rivarola y Mauricio Piombi, quienes –ante el recurso de impugnación del defensor particular Simón Barreto–, confirmaron casi en un todo lo dispuesto por el juez de audiencia santarroseño, Gastón Boulenaz; y solo aceptaron modificar parcialmente la calificación legal de uno de los cuatro hechos, donde mantuvieron el abuso con acceso carnal, aunque sin la calificación de gravemente ultrajante.


Por lo tanto, la parte resolutiva de la sentencia quedó redactar así: hecho 1: abuso sexual de una menor de 13 años, gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y acceso carnal como delito continuado; hecho 2: abuso sexual de una menor de 13 años, gravemente ultrajante por las circunstancias de realización como delito continuado; hecho 3: abuso sexual simple de una menor de 13 años; y hecho 4: abuso sexual con acceso carnal de una menor de 13 años, como delito continuado.
Esos episodios ocurrieron en la casa de las niñas cuando no estaban la madre ni la abuela y, en algunos casos, en el propio domicilio del imputado –quien permanece detenido bajo arresto domiciliario y con tobillera electrónica–, ya que era amigo de la familia de las víctimas.
“De acuerdo a las circunstancias que rodearon a los hechos, y más allá de lo resuelto respecto de la agravante ‘gravemente ultrajante’, ellos fueron correctamente valorados por el juez (Boulenaz), por lo que se coincide con él al establecer el quantum punitivo en 18 años de prisión, quien ponderó las circunstancias agravantes y atenuantes”, señaló el TIP.
Por otra parte, y en respuesta al planteo defensivo de que para la imposición de la pena no se tuvo en cuenta la atenuante del paso de los años y el pedido de perdón del condenado; Rivarola y Piombi manifestaron que “si bien es entendible su planteo desde el punto de vita de la defensa técnica, lo cierto es que fue posible recolectar prueba abundante prueba y ella pudo ser controlada y contrastada por la defensa, lo que lleva a rechazarlo porque el paso del tiempo no necesariamente debió ser tenido como atenuante”.
Finalmente, los jueces del TIP indicaron que, cuando al imputado se le concedió la última palabra durante el juicio, dijo textualmente: “no me hago cargo de lo que me acusan, si he pecado en algo pido perdón en mi vida completa”. “Ello no evidencia arrepentimiento o pedido de perdón a la parte querellante, por lo que, al igual que lo hizo el juez sentenciante, tampoco debe ser tomado como atenuante”.​





De todos modos, el fisscal destacó la investigación que se sigue para dar con los autores intelectuales.

Es por la presunta apropiación indebida de más de $19.000 millones.

Días atrás, la Justicia confirmó que el autor es el pintor italiano Giacomo Antonio Melchiorre Ceruti, conocido como “Il Pitocchetto”.

En un comienzo, se había atribuido al retratista Giuseppe Ghislandi, pero los peritajes informan que el autor es otro pintor italiano.

La entidad sostuvo que cumplió con todas las obligaciones legales y denunció irregularidades administrativas del organismo de control.

La audiencia se realizó este viernes en el Centro Judicial Santa Rosa. El Ministerio Público Fiscal rechazó el beneficio al advertir que el condenado conviviría con niños y cuestionó la validez de los cursos que redujeron su pena.







El siniestro ocurrió a la altura del kilómetro 240. Impactaron una Ford Ranger y un Chevrolet Prisma. Las víctimas fatales son un hombre y una mujer que viajaban en el rodado menor.

Paolo De La Fuente, oriundo de Colonia Barón, falleció tras dos semanas de agonía. Había sido embestido y atacado a balazos en un presunto ajuste de cuentas donde el agresor se habría equivocado de persona. Le efectuaron 15 disparos.

En concreto, hoy se hizo de US$107 millones; el neto se ubicó por encima de los US$45.000 millones, algo que no ocurría desde 2021.

El hecho ocurrió el martes por la noche durante un procedimiento policial por un conflicto familiar. El acusado fue reducido tras un disparo con munición antitumulto y se le secuestraron tres armas de fuego sin documentación.

Lo anunció el Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo.

Un aterrizaje forzoso en la ruta camino a Pinamar reavivó el debate sobre la seguridad y los protocolos legales. ¿Está permitido que un piloto utilice una carretera como pista de emergencia?

Braian Agustín Vilches, de 26 años, permanece bajo custodia acusado de haber efectuado los disparos que terminaron con la vida de Paolo de la Fuente en Barrio Fénix. El sospechoso, que cuenta con antecedentes, se autodefine en redes sociales con un particular alias.

El siniestro ocurrió este miércoles por la noche a la altura del Club de Caza, entre Santa Rosa y Toay. La conductora, de 26 años, fue despedida del vehículo y sufrió una fractura de cráneo.







