Casación anuló la "Causa Aviones" contra Cristina Kirchner y apartó a los jueces de la Cámara Federal

El máximo tribunal penal desautorizó todo lo realizado por el difunto juez Claudio Bonadio desde la primera foja del expediente.
Nacionales13/06/2023INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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La Cámara Federal de Casación anuló la causa en la que la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, estaba acusada por el presunto uso irregular de los aviones de la flota presidencial para su beneficio personal.

El máximo tribunal penal, en un fallo firmado por los jueces Guillermo Yacobucci, Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, anuló todo lo actuado por el difunto juez Claudio Bonadio.

El máximo tribunal penal, además, apartó del expediente a los camaristas federales Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens.

La Causa Aviones es un desprendimiento de Cuadernos y la decisión del tribunal casatorio puede tener incidencia en el expediente principal, que ya fue elevado a juicio oral y público.

La Casación hizo lugar a un recurso interpuesto por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner, que sostuvo que Bonadio se había quedado con la investigación de un expediente en el que obró como denunciante.

Esa conducta es conocida en el fuero penal como “fórum shopping” (elección del juez) y es considerada como violatoria de la garantía a ser juzgado por un juez imparcial.

Bonadío abrió la Causa Aviones como una derivación de Cuadernos, pero lo hizo como un expediente nuevo y en calidad de denunciante, por lo que debió haber enviado la “extracción de testimonios” (el hecho nuevo) a la Cámara Federal para que sorteara otro juzgado instructor.

El juez Slokar hizo hincapié justamente en “la expresa prohibición legal que impide a quien denunció un hecho intervenir luego como juez”.

Justamente por esa razón Bonadio ya había sido apartado de la causa.

“El incumplimiento de apartarse por parte del juez denunciante –luego ocurrido por vía de recusación– vio comprometer irremediablemente el deber de imparcialidad, condición indispensable para asegurar un proceso debido”, sostiene el fallo.

“En virtud del quebrantamiento a una garantía básica que afecta al orden justo debe fulminarse con la sanción de nulidad todo lo actuado por el juez denunciante y a la vez instructor en la causa”, añade la resolución.

La jueza Ledesma introdujo un concepto que parece impactar en la Causa Cuadernos: “constituye un presupuesto del tribunal imparcial la prohibición de que forme parte de él quien haya intervenido, de cualquier modo, o en otra función o en otra instancia de la misma causa”.

La Causa Cuadernos también se inició como derivación de otro expediente, y Bonadio se quedó con la investigación porque sostenía que existía una “conexidad”.

“La actuación del magistrado denunciante como juez del caso, ha transgredido la garantía de imparcialidad del juzgador, principio estructural básico para dotar de validez al procedimiento penal en un Estado de Derecho”, manifestó la resolución.

La Casación también dispuso el apartamiento, como instancia de alzada, de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Llorens, este último quien en el marco de esta misma causa había propuesto el desafuero y la detención de Cristina Kirchner.

Esos jueces habían confirmado parcialmente el procesamiento dictado por Bonadio contra la vicepresidenta y rechazaron, a su vez, todos los planteos de nulidad introducidos por su defensa.

El fallo de Bruglia, Bertuzzi y Llorens avalaba lo actuado por Bonadio, de modo que la nulidad de lo que hizo el juez de primera instancia arrastró también al apartamiento de sus superiores que respaldaron su actuación.

El tercer integrante del tribunal, Guillermo Yacobucci, tácitamente había también respaldado lo actuado por Bonadio y la Cámara.

En su caso, consideró que la apelación de la defensa de la vicepresidenta no se refería a una “sentencia definitiva o equiparable a tal” y en consecuencia se había inclinado por declararla “inadmisible”.

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