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Con un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, avanzó en la modernización del Código Aeronáutico.
Provinciales10/07/2024
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El Gobierno nacional puso en marcha un paquete de reformas que permitirán modernizar y desburocratizar el sector aéreo, a partir de la publicación hoy en el Boletín Oficial, del decreto 599/2024 que reglamenta el acceso a los mercados aerocomerciales, se habilita el ingreso de nuevos operadores, se transparenta el modo en el que se asignan las posiciones y horarios de vuelo a las aerolíneas y optimiza los servicios en los aeropuertos.


El decreto, además, permite digitalizar trámites, desregular los servicios de rampa en los aeropuertos y agilizar los procesos para el otorgamiento de rutas. También habilita a quienes tengan pequeñas aeronaves a ejercer una industria lícita sin la burocracia actual que les exige los mismos requisitos de una gran línea aérea.
Esto permitirá que ciudades intermedias del interior del país, que hoy no tienen vuelos directos, puedan acceder a una mayor conectividad.
Todas estas medidas forman parte de la reglamentación del DNU 70 de diciembre de 2023.
La reforma del código aeronáutico reglamenta los acuerdos entre empresas de manera tal que estas deciden el nivel de cooperación entre ambas para conectar sus operaciones, compartir horarios de vuelo, rutas, recursos, conexión de vuelos, entre otros puntos.
Por otra parte, se liberan trabas innecesarias, se impulsa la conectividad regional y global del país y las provincias y se consolidan los principios de libre acceso a los mercados, la lealtad comercial, la desregulación tarifaria, el resguardo de la seguridad operacional, entre otros.
Según el decreto, el objetivo final del paquete de reformas es que el país tenga mayor conectividad, más frecuencias y nuevas empresas aéreas, lo que generará un mayor flujo de turismo en las provincias argentinas, con tarifas más competitivas para que más personas puedan volar. También se promueve las inversiones necesarias para el sector y para fortalecer la seguridad operacional.
“Las actividades referenciadas quedan autorizadas para prestarse, conforme la elección del explotador, en cualquier aeródromo, instalación o infraestructura habilitada por la autoridad aeronáutica a dichos fines, conforme los avances técnicos y sujeto la autorización del operador del aeródromo, la capacidad operativa declarada y al régimen de explotación y funcionamiento del aeródromo correspondiente”, señala el Anexo I del decreto.
La norma determina que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) ya no convocará a audiencias públicas para el tratamiento de solicitudes de rutas de los operadores y a partir de ahora, un operador podrá solicitar los tramos que desee operar y el gobierno tendrá 30 días iniciales de plazo máximo para presentar oposiciones u observaciones.
Si al final de dicho plazo no hubiere objetado el pedido o no se hubiere expedido, el operador podrá pedir el pronto despacho de la solicitud.
No obstante se aclara que, si a los 15 días de solicitado el pronto despacho la autoridad aeronáutica no se hubiere pronunciado, la solicitud se considerará aprobada automáticamente, quedando sólo como requisito que el operador presente los seguros de ley y la “aprobación operativa de las programaciones”.
Todas estas medidas fueron impulsadas por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que conduce Federico Sturzenegger, en articulación con la Secretaría de Transporte y la Secretaría de Simplificación del Estado.
El Gobierno viene desarrollando una política de liberalización de vuelos mediante acuerdos bilaterales que promueven la apertura de cielos con Ecuador, Brasil, Perú, Chile y Uruguay; también con Panamá y Canadá, a los que se sumarán más países en los próximos meses.





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