ANMAT prohibió perfumes y aromatizantes que se venden al público

La medida incluye la instrucción de un sumario contra el responsable de la firma para evaluar las sanciones correspondientes.

Nacionales31 de diciembre de 2024INFOtec 4.0INFOtec 4.0
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, comercialización y distribución de varios perfumes y aromatizantes de la marca “Zafiro” en todo el territorio nacional y en plataformas de venta online.

Este hecho se oficializó a través de la disposición 11369/2024, que fue publicada en el Boletín Oficial y firmada por la titular del organismo, donde la ANMAT declaró estos productos como “ilegales” debido a la falta de registro sanitario y a irregularidades en su comercialización y etiquetado.

Los productos incluyen aromatizantes de ambiente, difusores y perfumantes para prendas y ambientes en diversas fragancias como lavanda, coco y vainilla, nina, blue, limón, uva y caramelo. 

Fueron desarticulados de la venta al público ya que estos artículos carecían de los registros sanitarios necesarios y se comercializaban con etiquetas que no cumplían con la normativa vigente, incluyendo información falsa o incompleta, según el organismo.

La investigación se inició tras una denuncia recibida por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal que detectó que ni los productos ni el establecimiento responsable, ubicado en Sarandí, Buenos Aires, se encontraban inscriptos en los registros sanitarios correspondientes. 

Por esas razones, estas irregularidades llevaron a la ANMAT a clasificar todos los productos sanitarios de la marca “Zafiro” como ilegales y a prohibir su publicidad, distribución y comercialización. La medida incluye la instrucción de un sumario contra el responsable de la firma para evaluar las sanciones correspondientes.

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