
En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.


Un técnico que arregla celulares fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por tenencia de pornografía infantil con fines de distribución y comercialización, un delito previsto en el artículo 128 del Código Penal. Además se le incautaron 1.370.000 pesos, una suma que será entregada al Centro de Desarrollo Infantil de General Acha.
Judiciales25/03/2025
InfoTec 4.0






La sentencia fue dictada por el juez de control achense, Diego Ariel Asin, al homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado, en forma conjunta, por el fiscal Juan Bautista Méndez, el defensor oficial Claudio Martínez Sabio y el imputado, Cristian Nicolás Linaza Acri, de 35 años, quien admitió la autoría de los hechos.


Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal pudo probarse que el acusado, entre septiembre de 2023 y abril de 2024, “tuvo en su poder y almacenó contenido pornográfico infantil (videos e imágenes) con fines de distribución y comercialización, mediante la utilización de redes sociales, criptomonedas, mails temporales y medios de mensajería”.
“Dichas maniobras –agrega el fallo– se registraron a través de las IP” de una empresa local que brinda internet, y que fueron identificadas en las viviendas de Linaza Acri y de su padre. Toda la información se incluyó en los reportes que fueron remitidos oportunamente “por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Ocurrió que el fiscal Méndez, durante la extensa investigación, pidió informes no solo a la firma proveedora del servicio de internet, sino además a las empresas Google y PayPal, a la División Análisis de las Telecomunicaciones de la Policía provincial, a dos bancos y a la Gendarmería Nacional. A su vez practicó allanamientos a los domicilios citados y secuestró celulares, notebooks, discos duros, pen drives, discos compactos, módems, CPUs, etc.
Las partes acordaron también que el dinero incautado (1.370.000 pesos) por la comercialización del material sea destinado al Centro de Desarrollo Infantil de General Acha. Para ello se basaron en el artículo 23 del Código Penal que dice que “en todos los casos en que recayese condena por delitos previstos en este Código, o en leyes penales especiales, la misma decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios”. En esta causa dicha suma ira a “una institución municipal de bien público”.
Por último, Asin –además de imponerle los tres años en suspenso– dispuso que Linaza Acri, que permaneció con arresto domiciliario durante un mes, deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta durante tres años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, y realizar un tratamiento psicológico. En caso de incumplimiento podrá revocársele la condicionalidad de la pena y pasar a ser efectiva.​





En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.

Surge la duda si los jugadores cobraron a “tipo oficial” y alguien se quedó con la diferencia de la brecha

Los propietarios son Luciano Pantano y su mamá jubilada, quienes están en la mira por ser presuntos “testaferros” del tesorero de AFA, Pablo Toviggino.

El empresario vinculado con Claudio “Chiqui” Tapia fue impedido de abordar un vuelo hacia Uruguay con todos los pasaportes de su familia en su poder

También reaccionó Bullrich, quien criticó al juez por su decisión.

La decisión judicial también alcanzó al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino.







Comerciantes de Realicó manifestaron ante este medio, disconformidad con la obligación de cerrar sus puertas a las 14 horas este martes 31 de diciembre, tal como lo establece la normativa vigente a la que adhirió el municipio en el marco de una Ley provincial Nº 2717. La medida, que se repite cada año en las fiestas de fin de año, volvió a generar reclamos en un sector que atraviesa un contexto económico complejo y que considera la restricción horaria como “perjudicial” para la actividad comercial en una de las fechas más importantes del calendario.

El siniestro ocurrió en la noche de este 31 de diciembre sobre la calle Estrada. La rápida intervención de los propietarios y vecinos con matafuegos evitó que las llamas consumieran un Renault Megane.

Lo ocurrido durante los festejos de Año Nuevo en Realicó volvió a encender el debate en torno al uso de pirotecnia y, especialmente, a la forma en que el Municipio aplica —o interpreta— las sanciones previstas para estos casos.

El hecho ocurrió en la tarde de este jueves 1° de enero sobre la calle 2 de marzo. Aunque inicialmente se activó la alerta por un incendio estructural, el fuego se limitó al sector de los fondos de la propiedad y fue rápidamente controlado.

La víctima presenta signos de violencia y se investiga si se trató de un femicidio.

Se confirmó que eran familiares entre sí y aparecieron fusilados dentro de una lancha que estaba la deriva en el río Coronda.

El cuerpo fue encontrado este viernes por la mañana en un domicilio de General Pico. La investigación está a cargo del fiscal Francisco Cuenca y se desarrolla bajo un fuerte hermetismo.

La caída del busto del general Juan Domingo Perón, ocurrida durante la madrugada del 1 de enero en el acceso este de la localidad de Telén, generó sorpresa entre los vecinos, quienes inicialmente interpretaron el hecho como un posible acto vandálico. Sin embargo, con el correr de las horas se confirmó que el episodio fue consecuencia de un accidente de tránsito.







