El TIP confirmó la condena a una docente de Realicó por malos tratos a alumnos de un jardín

El Tribunal de Impugnación Penal ratificó el fallo contravencional contra una docente del J.I.N. N.º 9 de Realicó, acusada de ejercer castigos inmoderados y malos tratos sobre cinco niños de cinco años durante el ciclo lectivo 2024. La defensa había apelado la sentencia, pero el recurso fue rechazado.

Locales19/12/2025INFOtec 4.0INFOtec 4.0
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El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó la sentencia dictada por el juez contravencional de la Segunda Circunscripción Judicial, Maximiliano Boga Doyhenard, contra una docente del Jardín de Infantes Nucleado N.º 9 de Realicó, por tres hechos de malos tratos y castigos inmoderados hacia cinco alumnos de cinco años.

La resolución fue adoptada por el juez del TIP, Filinto Rebecchi, quien no hizo lugar al recurso de impugnación presentado por los defensores particulares de la docente, Michel Divoy y Jerónimo Altamirano, y ratificó íntegramente el fallo de primera instancia.

jin nº 9Condenaron a una docente de Realicó por malos tratos a pequeños del JIN N° 9

En consecuencia, quedó firme la pena de 75 días-multa, equivalentes a 1.415.775 pesos, al considerarse a la docente autora material y penalmente responsable del delito de sometimiento de niños a privaciones, malos tratos corporales o castigos inmoderados, previsto en el artículo 121 inciso 1° del Código Contravencional, en tres oportunidades y en concurso real.

Además de la sanción económica, la sentencia incluye una interdicción de cercanía respecto de los niños damnificados, que prohíbe todo tipo de contacto o comunicación por el plazo de seis meses, junto con una amonestación formal y una exhortación judicial para que hechos de esta naturaleza no vuelvan a repetirse.

Los defensores habían sostenido ante el TIP que la acusada no tuvo claridad sobre los hechos imputados y cuestionaron la valoración de la prueba realizada por el juez contravencional. Sin embargo, Rebecchi rechazó esos argumentos y afirmó que el análisis probatorio efectuado por Boga Doyhenard fue adecuado y acorde a los hechos acreditados.

En ese sentido, el magistrado detalló que los episodios juzgados ocurrieron los días 14, 20 y 21 de agosto de 2024, incluyendo situaciones en las que un alumno fue tomado del brazo y empujado dentro de la sala, y otra en la que la docente dejó a los niños encerrados en el aula durante el horario de recreo.

Rebecchi remarcó que cada uno de los hechos fue debidamente valorado y respaldado por pruebas, y subrayó que la defensa no podía alegar desconocimiento de la acusación, ya que la fiscalía sostuvo en su alegato final los cargos iniciales, debidamente especificados.

Finalmente, el juez concluyó que la sentencia impugnada se ajusta plenamente a derecho, motivo por el cual resolvió rechazar el recurso presentado y confirmar la condena.

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